Zusammenfassung der Ressource
Protección de datos personales
- Definición
- Derecho a la protección de datos personales
reconocido por el Art. 16 de la Constitución
mexicana, que impone obligaciones a las personas
físicas o morales que utilizan datos personales, y
que otorga derechos a los titulares de los datos, a
fin de garantizar el buen uso de la información
personal y la privacidad y derecho a la
autodeterminación informativa de las personas.
(INAI)
- Evolución
- Derecho a
la intimidad
Anmerkungen:
- La protección de datos personales comienza con el derecho a la intimidad
- 1948 Art.12 de la
Declaración Universal de
los Derechos del Hombre.
Anmerkungen:
-
1948.
Art. 12 de la Declaración Universal de los Derechos del
Hombre.
1948 Art. V de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre 1950 Art. 8 del Convenio para la Protección de los Derechos y las Libertades
Fundamentales 1966 Art. 17 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos 1969 Art.11 apartado 2
de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos
- El Art. 16 de la Constitución en
México reconoce el derecho a la
intimidad
- Protección de datos
personales
Anmerkungen:
- La intimidad de una persona también implica sus datos personales, por lo cual se abordó en distintos instrumentos internacionales
- 1980 Directrices de la
OCDE.
Anmerkungen:
- 1990 Resolución 45/95 de la ONU
1995 Directiva 95/46/CE
1999 Marco de Privacidad de APEC
2000 Carta de Derechos Fundamentales de
la Unión Europea
2007 Directrices de Armonización de la
Red Iberoamericana
2009.Estándares Internacionales o
Resolución de Madrid
- Normativa en
México
Anmerkungen:
- En México se establece muy lentamente la normativa hasta derivar en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, presentada por primera vez en la Cámara de Senadores en 2001
- 2001 Propuesta de Ley de
Protección de Datos aprobada
hasta 2010
- 2002 Ley Federal de
Transparencia y Acceso a
la Información Pública
- 2005 Lineamientos de
protección de datos
personales
- 2007 reforma Art 16 de la
Constitucional. Derecho a la
protección de Datos Personales
- 2007 reforma Art. 6
Constitucional. Derecho de
acceso a la información
- 2010 Ley Federal de Protección
de Datos Personales en
Posesión de Particulares
- Normativa Internacional
- Derechos Humanos
Anmerkungen:
- Primera regulación que surge a raíz de la utilización de la utilización de la tecnología en el manejo de información relacionada con los derechos del individuo
- Artículo 12. de la Declaración Universal de los Derechos Humanos defiende la no intromisión a la privacidad de los individuos
- Confidencialidad
- Resguardo de la información. No
divulgar información privada
- Libertad humana
- Acceder a nuestra información. Que los
datos sean resguardados, actualizados
y rectificados
- Privacidad
- Ocultar o no divulgar ciertos datos
- Comunidad Europea
- Regulación a través de legislación
especígica y autoridad especializada e
independiente
- España
- Ley específica, reglamento y
autoridad independiente. Adopta
la directiva 95/46/CE
- Canadá
- Leyes a nivel federal y provincial
- Estados Unidos
- Regulaciones sectoriales
- No reconoce el derecho como tal
- No cuenta con autoridad
independiente en la materia
- Latinoamerica
- Reconocido como derecho Constitucional en:
Perú, Venezuela, Argentina, Brasil, Colombia,
Ecuador, Guatemala, Nicaragua y México
- Tienen legislación específica: Argentina,
Costa Rica, Perú, Chile, Uruguay y
Colombia
- Uso de TICs y
protección de datos
personales
- Uso indebido de
información es un
delito
- Obligatorio establecer
técnicas de seguridad en
Sistemas de Información
- Regulación de la transferencia
electrónica de datos entre
usuarios de un mismo país o
entre países (flujo de datos
transfronterizos)
- Uso de
metodologías de
programación
- Capacitación a
empleados y contratos
de confidencialidad
- Legislación Nacional
- Ley Federal de Protección de Datos
Personales en Posesión de Particulares.
(LFPDPPP) y su reglamento
- Fases del tratamiento de
protección de datos
personales
Anlagen:
- Fase 1. Al momento de recabar los datos personales
- Fase 2. Durante el manejo o utilización de los datos personales
- Fase 3. Una vez finalizado el tratamiento
- Principios y obligaciones
Anlagen:
- Licitud
- Lealtad
- Finalidad
- Proporcionalidad
- Calidad
- Información
- Consentimiento
- Responsabilidad
- Deberes
- Seguridad
- Confidencialidad
- Derechos Arco
Anmerkungen:
- Son los derechos que tiene el titular de los datos personales
- Acceso
- derecho de acceder y conocer si su
información personal está siendo objeto de
tratamiento así como el alcance, condiciones
y generalidades de dicho tratamiento
- Cancelación
- derecho en todo momento, a solicitar al responsable la
cancelación (eliminación) de sus datos personales cuando
considere que los mismos no están siendo tratados
conforme a la ley
- Rectificación
- responsable tiene la obligación de rectificar, a
solicitud del titular, la información de este que
resulte ser incompleta o inexacta
- Oposición
- derecho de oponerse o solicitar el cese del
tratamiento de su información cuando el
tratamiento es legal, pero el titular se opone.
Cuando el titular se opone a cierta finalidad
como publicidad
- Aviso de privacidad
- Documento impreso, electrónico o en otro formato
que informa sobre quién recaba los datos personales,
para qué y cómo los utiliza, así como las
características distintivas y esenciales del tratamiento
a que será sometida la información personal
- Órgano Garante
INAI (antes IFAI)
- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso
a la Información y Protección de Datos
Personales
- Vela por los derechos ARCO de los titulares de
datos, así como por el cumplimiento de los
principios y deberes de los responsables del
tratamiento de los datos
- Ley Federal de Protección de Datos
Personales en Posesión de Sujetos
Obligados (LFPDPPSO) y su reglamento
- Constitución política de los
Estados Unidos Mexicanos
Artículo 16
- Nadie puede ser molestado en su persona, familia,
domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de
mandamiento escrito de la autoridad competente,
que funde y motive la causa legal del
procedimiento.
- Principio de
autodeterminación
informativa
- Derecho de las personas para decidir de
manera libre e informada, sobre el uso de la
información que les pertenece
- Conceptos
- Dato personal, dato sensible,
tratamiento de datos personales,
titular de los datos personales,
responsable del tratamiento. (Ver
archivo adjunto)
Anlagen: