Zusammenfassung der Ressource
*Derecho Empresarial*
- QUE ES CONTRATO :Es un acuerdo de
voluntades, verbal o escrito, manifestado en
común entre dos o más personas
- CONTRATO DE COMPRAVENTA :Contrato por el cual
el vendedor se obliga a entregar la cosa que vende, y
el comprador a pagar el precio convenido por ella.
- COMPRAVENTA CIVIL :como la obligación del
vendedor a entregar una cosa
determinada y la obligación del
comprador a pagar un precio .
- COMPRAVENTA MERCANTIL:Definida como la
compraventa de cosas muebles para
revenderlas, bien en la misma forma que se
compraron o bien en otra .
- ELEMENTOS ESENCIALES
- VALIDEZ
- FORMALES
- PRECIO
- COSA
- TIPOS DE PERSONAS
- PERSONA JURIDICA:a es una entidad a
la que se le reconocen ciertos
derechos que poseen las personas
físicas (seres humanos). Son
empresas, asociaciones
- TIPOS:SRL-SAC-EIRL-SA
- PERSONA FISICA: es el concepto jurídico
para definir a las personas, los seres
humanos, que son susceptibles de adquirir
derechos y contraer obligaciones.
- TIPOS: 1. Empresario Individual 2.
Comunidad de Bienes 3. Sociedad
Civil
- PROTECCION A LA MUJER
- La violencia contra la mujer como
fenómeno sociojurídico.
- Los actos de agresión hacia la mujer
pueden provenir de agentes estatales
o de particulares
- • Integridad física • Moral
• Psicológica
- CONSECUENCIAS
- CAUSAS
- Sociales - Etnicas - Culturales - Historicas - Economicas -
Politicas - Religiosas
- Los Organos
Estatales
- Asumen las mayor
responsabilidad
- Naturaleza Estructura
Funciones
- PROTECCION A LAS PERSONAS CON
DISCAPACITADOS
- PROCEDIMIENTO
- El Inspector de Trabajo y Seguridad Social a través
de visita de verificación y El recaudo documental
que se realice en la misma deberá verificar tres
condiciones específicas
- Pérdida de capacidad laboral de estos
empleados se ajuste a lo establecido
- Que como mínimo el 10% de la nómina
del empleador sea de empleados en
condición de Discapacidad,
- Prelación en el otorgamiento de créditos
subvenciones de organismos estatales
- El Gobierno fijará las tasas arancelarias a
la importación de maquinaria y equipo
especialmente adoptados
- NORMAS
- Ley 962 de 2005 (artículo 52)
- Determinación de la pérdida de capacidad laboral y grado de
invalidez. -"Artículo 41
- Decreto 2463 de 2001 Por el cual se reglamenta la
integración, financiación y funcionamiento de las
juntas de calificación de invalidez
- Regulación sobre el trabajo a
menores de edad
- Ley 1098 de 2006
- El Código de la Infancia y la Adolescencia,
tiene como objeto de conformidad con su
artículo 2º
- PROTECCION
- Articulo 20 Derechos de protección.
Los niños, las niñas y los
adolescentes serán protegidos.
- Convenio 182 de la OIT: Convenio sobre la prohibición de las
peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su
eliminación (Entrada en vigor: 19 noviembre 2000)
- Artículo 3 A los efectos del presente Convenio, la
expresión "las peores formas de trabajo infantil"
- artículo 44 de la C.P se puede describir como
los derechos fundamentales de los niños: la
vida, la integridad física, la salud y la
seguridad social, la alimentación
equilibrada, su nombre y nacionalidad entre
otros más.
- Límite de edad a partir del cual los menores de edad pueden acceder al mercado
laboral.
- Artículo 114. Jornada de trabajo. La duración
máxima de la jornada laboral de los adolescentes
autorizados para
- El artículo 35 de la Ley 1098 de 2006 estipula la edad mínima de admisión
al trabajo y a la protección laboral: La edad mínima de admisión al
trabajo es los quince (15) años. Para trabajar.
- Niños y niñas menores de 15 años podrán recibir autorización de la Inspección de
Trabajo y realizar actividades de tipo artístico, culturales etc.
- mayores de 15 y menores de 17 años, sólo podrán trabajar en jornada diurna
máxima de seis horas diarias hasta las 6:00 de la tarde.
- Los adolescentes mayores de diecisiete (17) años, sólo podrán trabajar en una
jornada máxima de ocho horas diarias hasta las 8:00 de la noche
- Objeto. El presente código tiene por objeto
establecer normas sustantivas y procesales
para la protección integral de los niños, las
niñas y los adolescentes, Dicha garantía y
protección será obligación de la familia, la
sociedad y el Estado