Zusammenfassung der Ressource
Problemática de las Drogas en Venezuela
(Medidas de Coerción Personal)
- Son todas aquellas medidas cautelares que tiene por
objeto asegurar el éxito del Proceso Penal.
- En materia Especial de Drogas, el legislador elaboro un catálogo de preceptos y sanciones que se
encuentran establecidos en la ley de drogas G.O 37510 del 05/09/2010. Titulo VI de los Delitos y las
Penas, artículos 149 al 166. Estos procedimientos serán llevados por las reglas del Código Orgánico
Procesal Penal
- Una vez determinado el delito el juez asegura el proceso
mediante la estipulación de las medidas de coerción, para
esto se debe se debe establecer la cuantía, dando
cumplimiento a la Jurisprudencia 1.859, emanada de la
Sala Constitucional en fecha 18/12/2014. La cual concede
la posibilidad de que el imputado pueda gozar de las
Fórmulas Alternativas a la Prosecución del Proceso, de
esta manera el juez determina los siguientes aspectos.
- Delitos según la Cuantía
- Delitos de Mayor Cuantía, son aquellos en que
su pena mínima es de 8 años, o los cuales por su
porción de droga u otro tipo de sustancia
excedan de los limites impuestos por la ley.
- Proporcionalidad
- Determinar las
circunstancias y
la gravedad de
los hechos
- Limitaciones
- Existe tres limitaciones:
- Personas mayores de 70 años.
- Mujeres en los ultimos 3 meses de
embarazo; o durante el proceso de lactancia
hasta los 6 meses al nacimiento del hijo.
- En las limitaciones cuales quieran que sea, cuando sea
imprescindible una medida, el juez decretara detención
domiciliaria o reclusión en un centro especializado
- Personas con enfermedades
en fase terminal
- MOTIVACIÓN E INTERPRETACIÓN RESTRICTIVA
- Estas deben ser impuestas
exclusivamente bajo las reglas del
COPP, deben ser mediante
resolucion judicial, e interpretadas
de manera taxativa, las que
definen la flagrancia, serán
interpretadas restrictivamente.
- Delitos de Menor Cuantía, son
aquellos en que su pena máxima no
excedan los 8 años, o los cuales por
su porción de droga u otro tipo de
sustancia así lo determine la ley.
- Proporcionalidad
- Busca determinar las
circunstancias y la gravedad de los
hechos, por lo general se trata de
un hecho que por su insignificancia
o por su poca frecuencia no afecte
gravemente el interés público
- Limitaciones
- En el caso de los delitos de menor cuantia,
no son necesarias las limitaciones, ya que, el
juez otorga una medida menos gravosa, en
virtud de los supuestos establecidos en el art
38 del COPP.
- MOTIVACIÓN E INTERPRETACIÓN RESTRICTIVA
- Estas deben ser impuestas
exclusivamente bajo las reglas del
COPP, deben ser mediante
resolucion judicial, e interpretadas
de manera taxativa, las que definen
la flagrancia, serán interpretadas
restrictivamente.
- PRIVACIÓN JUDICIALPREVENTIVA DE LIBERTAD
- Comienza a solicitud del Ministerio Publico, se
realiza mediante una orden judicial emanada de
un Tribunal de Control, solo procede cuando las
medidas cautelares sean insuficientes para
garantizar las resultas del proceso penal.
- Para que la privación judicial proceda al imputado
se le debe acreditar la existencia de tres
elementos, los cuales deben presentarse de
manera concurrente (art 236 del COPP).
- Un hecho punible que
merezca pena privativa de
libertad y cuya acción
penal no se encuentre
evidentemente prescrita
- Fundados elementos de
convicción para estimar que
el imputado ha sido autor, o
partícipe en la comisión de
un hecho punible
- Una presunción razonable, de
peligro de fuga o de
obstaculización en la
búsqueda de la verdad
- Requisitos
- Peligro de Fuga
art 237 COPP.
- Peligro de Obstaculización
art 238 COPP
- Improcedencia
art 239 COPP
- Una vez verificado estos
requisitos de procedencia el juez
decreta, mediante auto motivado
la privación de libertad
- En materia de Drogas indiferentemente sea cual sea la
cuantía, el juez debe valorar la proporcionalidad, ya
que, en los distintos delitos se debe proteger el bien
jurídico que en estos casos por tratarse de delitos de
lesa humanidad el bien jurídico es la Sociedad.