LAS MEDIDAS DE COERCION PERSONAL EN EL PROCESO PENAL VENEZOLANO Es importante
conocer las distintas medidas de coerción que establece el COPP, ya que se origina una
divergencia entre la libertad individual y la seguridad que debe garantizar el Estado a todos los
ciudadanos, lo cual requiere el establecimiento de ciertas medidas entre ellas la privación de
libertad, de una manera racional pero también garantista y adecuada, conforme a los principios
de excepcionalidad y de proporcionalidad que representan un limite a la intervención excesiva de
los órganos del Estado, en una razón tan importante como es el derecho a la libertad establecida
en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en el articulo 44.
Estado de Libertad, establecido en el articulo 243 de COPP, que ordena la permanencia en libertad
del imputado durante todo el proceso, vinculado con el principio de excepcionalidad, en el cual se
aplican las medidas de coerción de libertad como una excepción a la libertad
Artículo 250 esablece podrá decretar la privación preventiva
de libertad del imputado siempre que se acredite la existencia
de:
Tiempos: 24h para decidir, 48h para audiencia judicial, 30 +15 días para investigar y presentar la
acusación.
3. Peligro de fuga o de ohstaculacion.
1. Un hecho punible
2. Elementos de conviccion.
Principio de Subsidiaridad, que consiste en que la privación de libertad solo puede acordarse cuando
las demás medidas resulten insuficientes para conseguir las finalidades del proceso
el principio de Proporcionalidad, establecido en el articulo 244 en el cual debe existir
coherencia o proporción entre la medida que se vaya a aplicar y la gravedad del hecho punible
que se impute, las circunstancias atenuante o agravantes y la posible pena o sanción
queproceda.
No podran ser objeto de una meida de privacion de privacion preventiva de libertad
Personas mayores de 60 años.
Mujeres en los ultimos 3 meses de embarazo
La madre durante la lactancia de sus hijos hasta los 6 meses
Personas afectadas por una enfermedad en fase terminal debidamente comprobada
Motivación, resulta de gran importancia que la
resolución mediante la cual sea decretada la medida de
coerción personal sea fundada, es decir, motivada ya
que el ordenamiento jurídico el que los jueces no
resuelven arbitraria o irrazonablemente puesto
vulneraria el derecho a la tutela judicial efectiva
consagrado en el articulo 26 de la Carta Magna e
interpretación restrictiva.
El articulo 247 COPP señala que todas las
disposiciones que restrijan la libertada del
imputado, limiten sus facultades y las que se
definen la flagrancia seran interpretadas
restrictivamente.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.