Zusammenfassung der Ressource
NIA 810 - Encargos para
informar sobre EEFF
resumidos
- Alcance
- Trata de las responsabilidades que
tiene el auditor en relación con un
encargo para informar sobre unos
estados financieros resumidos
derivados de unos estados
financieros auditados por dicho
auditor de conformidad con las NIA
- Objetivos
- Los objetivos del auditor son:
- (a) Determinar si es adecuado
aceptar el encargo para
informar sobre los estados
financieros resumidos
- (b) si se le contrata para
informar sobre unos estados
financieros resumidos:
Formarse una opinión sobre los
estados financieros resumidos y
expresar claramente dicha
opinión en un informe escrito
que describa asimismo el
fundamento de dicha opinión
- Definiciones
- Criterios aplicados: los criterios
aplicados por la dirección para la
preparación de los estados financieros
resumidos
- Estados financieros auditados:
estados financieros auditados por el
auditor de conformidad con las NIA, y
de los cuales derivan los estados
financieros resumidos
- Estados financieros resumidos:
información financiera histórica
derivada de los EEFF pero que
contiene menos detalle que los
estados financieros, aunque todavía
supone una presentación
estructurada congruente con la
presentada en los EEFF
- Requerimientos
- Aceptación del encargo
- El auditor únicamente aceptará un encargo
para informar sobre unos estados
financieros resumidos de conformidad con
esta NIA cuando haya sido contratado para
realizar la auditoría de los estados
financieros de los que se deriven los estados
financieros resumidos, de conformidad con
las NIA
- Antes de aceptar un encargo para informar
sobre los estados financieros resumidos, el
auditor determinará si los criterios aplicados
son aceptables y obtendrá el acuerdo de la
dirección de que ésta reconoce y comprende
su responsabilidad de preparar los estados
financieros resumidos de conformidad con
los criterios aplicados, poner los estados
financieros auditados a disposición de los
usuarios a quienes se destinan los estados
financieros resumidos sin excesiva dificultad
e incluir el informe de auditoría sobre los
estados financieros resumidos en cualquier
documento que contenga dichos estados
financieros resumidos
- Naturaleza de los procedimientos
- El auditor realizará los siguientes procedimientos,
así como cualquier otro procedimiento que pueda
considerar necesario, como base para su opinión
sobre los estados financieros resumidos:
- (a) Evaluar si los estados financieros resumidos
revelan adecuadamente el hecho de ser
resumidos
- (b) Cuando los estados financieros resumidos
no vienen acompañados de los estados
financieros auditados, evaluar si describen
claramente con quien pueden obtenerlos
- (c) Evaluar si los estados financieros resumidos
revelan adecuadamente los criterios aplicados
- (d) Comparar los estados financieros
resumidos con la correspondiente
información de los estados financieros
auditados para determinar si concuerdan
- (e) Evaluar si los estados financieros
resumidos han sido preparados de
conformidad con los criterios aplicados
- (f) Evaluar, teniendo en cuenta la finalidad de
los estados financieros resumidos, si
contienen la información necesaria y si su
nivel de agregación es adecuado
- (g) Evaluar si los estados financieros auditados
están disponibles, sin excesiva dificultad, para
los usuarios a quienes se destinan los estados
financieros resumidos
- Forma de la opinión
- Cuando el auditor concluya que es adecuada
una opinión no modificada sobre los estados
financieros resumidos, siempre que las
disposiciones legales o reglamentarias no
establezcan otra cosa, utilizará alguna de las
frases que se indican a continuación:
- (a) Los estados financieros resumidos
adjuntos son congruentes, en todos los
aspectos materiales, con los estados
financieros auditados, de conformidad con
[los criterios aplicados]
- (b) Los estados financieros resumidos
adjuntos son un resumen fiel de los
estados financieros auditados, de
conformidad con [los criterios aplicados]
- Momento de realización del trabajo
y hechos posteriores a la fecha del
informe de auditoría sobre los
estados financieros auditados
- El informe de auditoría sobre los estados
financieros resumidos puede estar
fechado con posterioridad a la fecha del
informe de auditoría sobre los estados
financieros auditados
- El auditor puede llegar a conocer hechos
que existían en la fecha del informe de
auditoría sobre los estados financieros
auditados, pero de los que no tuvo
conocimiento con anterioridad. En este
caso, el auditor no emitirá el informe de
auditoría sobre los estados financieros
resumidos hasta que no haya
considerado dichos hechos en relación
con los estados financieros auditados de
conformidad con la NIA 560
- Información en documentos que
contienen estados financieros resumidos
- El auditor leerá la otra información incluida en
un documento que contenga los estados
financieros resumidos y el informe de auditoría
correspondiente, con el fin de considerar si
existe una incongruencia material entre la otra
información y los estados financieros resumidos
- Si el auditor identifica una incongruencia
material, determinará si deben ser revisados los
estados financieros resumidos o la otra
información. Si el auditor detecta que la otra
información necesita ser revisada, el auditor
discutirá la cuestión con la dirección
- Informe de auditoría sobre estados
financieros resumidos
- El informe de auditoría sobre los estados financieros
resumidos incluirá los siguientes elementos:
- Título, destinatario, identificación de los EEFF resumidos,
iedntificación de los EEFF auditados, la expresión de la
opinión, una declaración de que los EEFF no incluyen toda
la información a revelar, una declaración de que los EEFF
no incluyen hechos posteriores, una referencia del
informe de los EEFF auditados, la responsabilidad de la
dirección, responsabilidad del auditor, firma del auditor,
dirección del auditor y la fecha del informe de auditoría
- Restricción a la distribución o a
la utilización o advertencia a los
lectores sobre la base contable
- Cuando esté restringida la distribución o el uso del
informe de auditoría sobre los estados financieros
auditados, o cuando el informe de auditoría sobre
los estados financieros auditados advierta a los
lectores de que estos han sido preparados de
conformidad con un marco de información con
fines específicos, el auditor incluirá una restricción
o una advertencia similar en el informe de auditoría
sobre los estados financieros resumidos
- Información comparativa
- Si los estados financieros auditados contienen
información comparativa y los estados
financieros resumidos no, el auditor
determinará si dicha omisión es razonable
teniendo en cuenta las circunstancias del
encargo. El auditor determinará el efecto, en el
informe de auditoría sobre los estados
financieros resumidos, de una omisión que no
sea razonable
- Si los estados financieros resumidos contienen
información comparativa sobre la que informó
otro auditor, el informe de auditoría sobre los
estados financieros resumidos contendrá también
las cuestiones que la NIA 710 requiere que el
auditor incluya en el informe de auditoría sobre
los estados financieros auditados
- Información adicional no auditada
presentada junto con los estados
financieros resumidos
- El auditor evaluará si cualquier información
adicional no auditada que se presente
junto con los estados financieros
resumidos se distingue claramente de
dichos estados financieros
- Si el auditor concluye que la forma en que
la entidad presenta la información
adicional no auditada no se distingue
claramente de los estados financieros
resumidos, solicitará a la dirección que
modifique la presentación de la
información adicional no auditada
- Si la dirección se niega a hacerlo, el
auditor explicará, en el informe de
auditoría sobre los estados financieros
resumidos, que dicha información no está
cubierta por dicho informe
- Asociación del auditor
- Si el auditor tiene conocimiento de que la
entidad prevé mencionar que el auditor
ha emitido un informe sobre unos
estados financieros resumidos en un
documento que contiene dichos estados
financieros resumidos, pero no tiene
previsto incluir el correspondiente
informe de auditoría, el auditor solicitará
a la dirección que incluya el informe de
auditoría en el documento
- Si la dirección se niega a hacerlo, el auditor
determinará y adoptará las medidas
adecuadas para evitar que la dirección
asocie de modo inadecuado al auditor con
los estados financieros resumidos
contenidos en dicho documento