Supuesto de hecho, consecuencia
jurídica y punto de conexión
Determina qué ordenamiento jurídico , qué sistema jurídico de los que
se encuentran razonablemente vinculados con el supuesto de hecho
dará respuesta al fondo de la cuestión planteada por las partes.
Estructura
Supuesto de hecho
es
Categoría jurídica sobre el que versa la
pretensión
Consecuencia de hecho
implica
El señalamiento del sistema jurídico que
resolverá el fondo de la pretensión planteada
Punto de conexión
permite
Focalizar, remitir o enviar a un sistema
jurídico estatal para dar solución material
pueden ser
Por la variabilidad en el tiempo
Mutables e inmutables
Por el modo de funcionamiento
Únicos y múltiples
Por su naturaleza
Fácticos y jurídicos
Problemas de su aplicación
1. Sucesión en el tiempo
Cuando la norma es sustituida o derogada
y la "nueva" contempla un punto de
conexión diferente
Solución
Se prevean disposiciones específicas en la última norma conflictual
Que no se prevean tales disposiciones.
2. Calificación
Implica encuadrar en una institución
la relación privada en concreto
Solución
Por lex forti
Por la ley del otro
Estado implicado
Autónoma
3. Aplicación del derecho extranjero.
4. Institución desconocida
5. Cuestión preexistente: previa,
preliminar o incidental
Solución
Tesis lex formalis causae
Tesis lex formalis fori
Tesis lex materialis causae
Tesis lex materialis fori
6. Conflicto móvil
7. Fraude a la ley
8. Reenvío
Primer grado
determinación de aplicabilidad de la lex fori
Segundo grado
determinación de aplicabilidad de la Ley de un tercer Estado
Regulado en el art. 14 CCDf
9. Aplicación armónica del
derecho extranjero
Solución
Art. 9 Convención Interamericana sobre Normas
Generales de Derecho Internacional Privado
Art. 14 fracción V, CCDF.
10. Orden Público Internacional
Excepción al funcionamiento
de la norma conflictual
Opera para evitar ciertos resultados negativos
Regulado
art. 5 Convención Interamericana sobre Normas
Generales de Derecho Internacional Privado
art. 8 CCDF
La determinación de lo que significa orden público corresponde a los tribunales del
Estado donde se presente la solución del caso de derecho internacional privado
Alteración dolosa, maliciosa y
voluntaria del punto de conexión
Elemento material y Elemento volutivo
Solución
Art. 6 de la Convención Interamericana sobre
Normas Generales de Derecho Internacional Privado
Art. 15 CCDF
Se altera el punto de
conexión en el tiempo
posibles solución
diseñar puntos de conexión
determinados en el tiempo
Aplicar el derecho al que conduce
el punto de conexión antes de que
cambie la circunstancia
Aplicar el derecho al que conduce el
punto de conexión una vez que
cambie la circunstancia.
Solución
Configuración amplia del
supuesto de hecho
Método analógico
Posible creación
jurisprudencial
Solución
Art. 2 Convención Interamericana
sobre Normas Generales de
Derecho Internacional Privado
Art. 14 CCDF
Pueden ser
Unilaterales
determinan
Casos y condiciones en los que
tendrá aplicación la Ley de foro
Bilaterales
determinana
Derecho aplicable sin hacer
referencia a la Ley Natural
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.