Zusammenfassung der Ressource
Procedimiento para Juzgamiento de
Delitos Menos Graves
- Tribunal de Primera Instancia Municipal
en funciones de Control
- Pena en su límite máximo no
exceda de 8 años de privación
de libertad.
- Artículo 242 COPP medidas cautelares sustitutivas (242),
salvo los casos de “comprobada” contumacia o rebeldía
- Audiencia de presentación e imputación
- Verificación de los extremos
del art. 250
- Verificación de la legitimidad de la
aprehensión
- Verificación Verificación de la medida de coerción coerción
a imponer
- Realización del ACTO DE IMPUTACIÓN
- Imposición al imputado del precepto
constitucional
- Información sobre las fórmulas alternativas a
la prosecución del proceso e imposición desde
esa oportunidad (salvo admisión
admisión de los hechos)
- Caso de DELITOS FLAGRANTES
- Situación de las A Prosec. Proceso
- Principio de oportunidad
- Acuerdos Acuerdos reparatorios
- SCP
- Requisitos
- Aceptación del hecho
- Oferta de reparación reparación SOCIAL
- Compromiso de someterse a las condiciones
que fije el Juez (a) de Instancia Municipal
- Régimen de prueba
- Control y vigilancia del Juez
- El Juez deberá designar a un representante
del consejo comunal
- Duración y verificación del
cumplimiento SCP
- Las condiciones deberán cumplirse de manera efectiva por un
plazo mínimo de 3 meses y máximo de 8
- Efectos del incumplimiento
- En caso de haber sido acordada en la audiencia
de imputación: – El Juez deberá notificar del
incumplimiento al MP a los efectos efectos de
que éste en el lapso de 60 días continuos
presente el acto conclusivo
- En caso de haber sido acordada en la
audiencia preliminar: – El Juez notificará al
MP y pasará a dictar sentencia conforme
al procedimiento por admisión de los
hechos.
- En caso de haber sido acordada en la audiencia
preliminar: – El Juez notificará al MP y pasará a dictar
sentencia conforme al procedimiento por admisión de
los hechos.
- Juicio oral