Zusammenfassung der Ressource
resolucion 2674 del 2013
- Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer los requisitos sanitarios que
deben cumplir las personas naturales y/o jurídicas que ejercen actividades de fabricación,
procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de
alimentos y materias primas de alimentos y los requisitos para la notificación, permiso o registro
sanitario de los alimentos, según el riesgo en salud pública, con el fin de proteger la vida y la salud de
las personas.
- ACTIVIDAD ACUOSA: Es aquella cantidad que adquiere un alimento para su crecimiento y la
proliferación de microorganimos.
- LIMENTO. Todo producto natural o artificial, elaborado o no, que ingerido aporta al organismo humano
los nutrientes y la energía necesaria para el desarrollo de los procesos biológicos
- ALIMENTO ADULTERADO
- Al cual se le ha sustraído parte de los elementos constituyentes, reernplazandolos o no por otras
sustancias. Que haya sido adicionado con sustancias no autorizadas. Que haya sido sometido a
tratamientos que disimulen u oculten sus condiciones originales y, Que por deficiencias en su calidad
normal hayan sido disimuladas u ocultadas en forma fraudulenta, sus condiciones originale
- ALIMENTO AL TERADO. Alimento que sufre modificación o degradación, parcial o total, de los
constituyentes que le son propios, par agentes físicos, químicos o biológicos
- ALIMENTO AL TERADO. Alimento que sufre modificación o degradación, parcial o total, de los
constituyentes que le son propios, par agentes físicos, químicos o biológicos. Se incluye pero no se
limita a: a) El cual se encuentre par fuera de su vida útil.
- ALIMENTO CONTAMINADO. Alimento que presenta o contiene agentes y/o sustancias extraías de
cualquier naturaleza
- ALIMENTO DE MAYOR RIESGO EN SALUD PÚBLICA. Los alimentos que pueden contener
microorganismos patógenos y favorecer la formación de toxinas
- ALIMENTO DE MENOR RIESGO EN SALUD PÚBLICA. Los alimentos que tienen poca probabilidad de
contener microorganismos patógenos
- ALIMENTO DERIVADO DE UN ORGANISMO GENETICAMENTE MODIFICADO OGM. Alimento derivado en
su totalidad o en una parte de un Organismo Geneticarnente Modificado.
- ALIMENTO DE RIESGO MEDIC EN SALUD PÚBLICA. Los alimentos que pueden contener
microorganismos patógenos, pero normalmente no favorecen su crecimiento debido a las
características del alimento
- ALIMENTO FRAUDULENTO
- a) Se le designe o expenda con nombre o calificativo distinto al que le corresponde. b) Su envase, rotulo
o etiqueta contenga diseño o declaración ambigua, falsa o que pueda inducir o producir engaño o
confusión respecto de su composición intrínseca y uso. c) No proceda de sus verdaderos fabricantes o
importadores declarados en el rotulo o que tenga la apariencia y caracteres generales de un producto
legítimo
- ALIMENTO PERECEDERO. El alimento que, en razón de su composición, características fisicoquímicas y
biológicas, pueda experimentar alteración de diversa naturaleza en un tiempo determinado y que, por
lo tanto, exige condiciones especiales de proceso, conservación, almacenamiento, transporte y
expendio
- AMBIENTE. Cualquier área interna o externa delimitada físicamente que forma parte del
establecimiento destinado a la fabricación,
- AUTORIDADES SANITARIAS COMPETENTES. Son autoridades sanitarias, el Institute Nacional de
Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA - y las Entidades Territoriales de Salud que, de
acuerdo con la ley, ejercen funciones de inspección, vigilancia y control
- BIOTECNOLOGIA MODERNA. Aplicación de técnicas in Vitro de ácido nucleico, incluidos el ácido
desoxirribonucleico (ADN) recombinante y la inyección directa de ácido nucleico en células u orgánulos,
o la fusión de células más allá de la familia taxonómica, que superan las barreras fisiológicas naturales
de la reproducción o de la recombinación y que no son técnicas utilizadas en la reproducción y
selección tradicional.
- BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA. Son los principios básicos y practicas generales de higiene en la
manipulación, preparación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte y distribución de
alimentos
- COMERCIALIZACION. Es el proceso general de promoción de un producto, incluyendo la publicidad,
relaciones públicas acerca del producto y servicios de información, así como la distribución y venta en
los mercados nacionales e internacionales.
- CONCEPTO SANITARIO. Es el concepto emitido por la autoridad sanitaria una vez realizada la
inspección, vigilancia y control al establecimiento donde se fabriquen, procesen, preparen, envasen,
almacenen, transporten, distribuyan, comercialicen, importen o exporten alimentos
- DESINFECCION - DESCONTAMINACION. Es el tratamiento fisicoquímico o biológico aplicado a las
superficies limpias en contacto con el alimento con el fin de destruir las células vegetativas de los
microorganismos que pueden ocasionar riesgos para la salud pública
- DISENO SANITARIO. Es el conjunto de características que deben reunir las edificaciones, equipos,
utensilios e instalaciones de los establecimientos dedicados a la fabricación, procesamiento,
preparación, almacenamiento, transporte y expendio con el fin de evitar riesgos en la calidad e
inocuidad de los alimentos.
- EMBALAJE. Elementos que permiten proteger los envases primarios de las influencias externas y lograr
un mantenimiento y almacenamiento adecuados. Incluye los envases secundarios y terciarios.
- ENVASE PRIMARIO. Artículo que está en contacto directo
- eNVASE SECUNDARIO. Artículo diseñado para dar protección adicional al alimento contenido en un
envase primario
- ENVASE TERCIARIO. Articulo diseñado para facilitar la manipulación y el transporte de varias unidades
de envases primarios o secundarios para protegerlos
- EQUIPO. Es el conjunto de maquinaria, utensilios, recipientes, tuberías, vajillas y dornas accesorios que
se empleen en la fabricación, procesamiento, preparación, envase, fraccionamiento, almacenamiento,
distribución, transporte y expendio de alimentos y sus materias primas.
- EXPENDIO DE ALIMENTOS. Es el establecimiento destinado a la venta de alimentos para consumo
humano
- FABRICA DE ALIMENTOS. Es el establecimiento en el cual se realiza una o varias operaciones
tecnológicas, ordenadas e higiénicas, destinadas a fraccionar, elaborar, producir, transformar o
envasar alimentos
- HIGIENE DE LOS ALIMENTOS. Todas las condiciones y medidas necesarias para asegurar la inocuidad y
la aptitud de los alimentos en cualquier etapa de su manejo.
- INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS. Es la garantía de que los alimentos no causaran daño al consumidor
cuando se preparen y consuman
- iNFESTAClÓN. Es la presencia y multiplicación de plagas que pueden contaminar o deteriorar los
alimentos
- INGREDIENTES PRIMARIOS. Son elementos constituyentes de un alimento o materia prima para
alimentos
- INGREDIENTES SECUNDARIOS. Son elementos constituyentes de un alimento o materia prima para
alimentos, incluidos los aditivos alimentarios
- INSUMO. Comprende los ingredientes, envases y embalajes de alimentos.
- LIMPIEZA. Es el proceso o la operación de eliminación de residuos de alimentos u otras materias
extrañas o indeseables.
- LOTE. Cantidad determinada de unidades de un alimento de características similares fabricadas o
producidas en condiciones esencialmente iguales que se identifican por tener el mismo código o clave
de producción.
- MANIPULADOR DE ALIMENTOS. Es toda persona que interviene directamente, en forma permanente u
ocasional, en actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, almacenamiento,
transporte y expendio de alimentos.
- MATERIA PRIMA. Son las sustancias naturales o artificiales, elaboradas o no, empleadas por la industria
de alimentos para su utilización directa, fraccionamiento o conversión en alimentos
- MEDIO DE TRANSPORTE. Es cualquier nave, aeronave, vagón de ferrocarril o vehículo de transporte por
carretera que moviliza mercancías,
- NOTIFICACION SANITARIA. Numero consecutivo asignado por la autoridad sanitaria competente,
mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar alimentos
- VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA DE LAS ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR ALIMENTOS. Es el conjunto
de actividades que les permite a las autoridades competentes, la recolección de información
permanente y continua, su tabulación, análisis e interpretación. Del mismo modo, le permite tomar
una serie de medidas conducentes a prevenir y controlar las enfermedades transmitidas por alimentos
y los factores de riesgo relacionados con estas, la divulgación y evaluación de/ sistema empleado para
este fin.
- SUSTANCIA PELIGROSA. Es toda forma de material que durante la fabricación, manejo, transporte,
almacenamiento o uso puede generar polvos, humos, gases, vapores, radiaciones o causar explosión,
corrosión, incendio, irritación, toxicidad, u otra afección que constituya riesgo para la salud de las
personas o causar daños materiales o deterioro del ambiente.
- http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30033811#:~:text=PERMISO%20SANITARIO.,con%20destine%20al%20consumo%20humane.