Zusammenfassung der Ressource
TEMA 3. LEY
2/2007, de 7
Marzo,ESTATUTO
JURIDICO DEL
PERSONAL
ESTATUTARIO
SACYL
- GENERALIDADES
- El contenido de la ley se estructura en 16 capítulos, a través de
los cuales se regulan los aspectos generales y básicos de las
diferentes materias que componen el régimen jurídico del
personal estatutario del SACYL, respetando lo establecido con
carácter básico por la normativa estatal, así como las
competencias exclusivas del Estado.
- esta ley viene a cumplir el art 3 de la
55/2003 Estatuto Marco, en el que habilita
para el desarrollo de la normativa básica por
CyL. Aprobando estautos y demás
normatuva aplicable al personal estutario de
cada servicio de salud
- CAP I
- caracter funcionarial del personal estutario, sin perjuicio de sus peculiaridades especiales.
- Principios y criterios de ordenación.
- CAP II
- Determina órganos superiores en materia de
personal estutario acorde a Ley 3/2001 de Gobierno y
Administración de la Ciomunidad den CyL
- CAP III
- Derechos y deberes del personal estutario
- CAP IV
- Enumera los mecanismos de ordenación y planificación de recursos, la plantilla orgánica, los planes
de ordenación de RRHH y existencia de un registro de personal que deberá integrarse en el Sist Info
Sanit, participaqción de las organizaciones sindicales a través de la Mesa Sectorial de Negociación.
- CAP V
- Clasificacion de personal estatutario en base a funciones a desarrollar y titulación. regula la ficha del personal temporal.
- CAPITULOS
- CAP VI
- Provision de plazas, selección de personal y la promoción interna, libre circulación y movilidad del personal . Se pretende dotar de sistemas propios de selección y provisión.
- CAP VII
- requisitos y condiciones para adquisición y
pérdida de la condición de personal estatutario ,
- CAP VIII
- Régimen retributivo. La aplicación se realizará a través de negociación con los represe sindicales de la Mesa Sectorial.
- CAP IX
- Regulación del tiempo de trabajo, respetando lo contenido en el 55/2003 y en las directivas comunitarias
- CAP X-XVI
- Regulacion de las situaciones del personal, la acción social y el
desarrollo profesional, basado en la formación y en la carrera
profesional. Se regula tb la salud laboral, los sistemas de
representación de personal , de participación y de negociación
colectiva, el regimen disciplinario y las incompatibilidades.
- OBJETO : Desarrollar
bases reguladoras de la
relación funcionarial
especial del personal
estatutario, contenidas en
la Ley 55/2003.
- ÁMBITO DE APLICACIÓN: Comprende al personal estatutario
deque desempeña sus funciones en centros o instituciones
sanitarias de CyL. También al personal sanitario funcionario
o laboral que preste sus servicios en centro o instituciones y
siempre que no se oponga a sus normativa específica de
aplicación, spre q se prevea en convenios y disposiciones.
- PRINCIPIOS Y CRITERIOS: 1) Art 4
Ley 55/2003. 2) Formación de
equipos y de sistemas de
evaluaciones para puestos
directivos. 3) Participación de los
trabajadores y colaboración, así
como identificar estrategias y obj
sanitarios.
- 2..- CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL
ESTATUTARIO
- PERSONAL
ESTATUTARIO
SANITARIO
- PERSONAL DE FORMACIÓN UNIVERSITARIA
- LICENCIADOS CON TITULOS DE ESPECIALISTA
- Categoría de licenciado especialista
- funciones
propias +
las que se
les asignen
- Categoría de médico de
urgencias hospitarias
- funciones
propias +
las q se le
asignen
- Categoría de Médico de
urgencias y emergencias
- funciones
propias +
las que se
les asignen
- LICENCIADOS SANITARIOS
- Categoría de
Inspector
médico.
- Evaluar e inspección centros, prestaciones IT e
IP, Procedimientos disciplinarios sancionadores,
inspección de Mutuas y Enfdades Prof, Auditorías
y evaluaciones periódicas + las q se le asignen.
- Categoría de
Inspector
farmaceútico
- Inspección y control de la prestación
farmaceútica en todos los ambitos. Evaluación
uso de medicamentos sobre todo el gasto
farmaceutico + las q se le asignen.
- Categoría de Médico de
Admisión y Documentación
clínica
- Ordenacion y gestión del acceso a
la AE, demanda de asistencia
especializada ambulatoria,
hospitalización y quirúrgica + las q se le asignen.
- Categoría de Farmaceútico
- sus funciones mas
las q le se le
asignen
- Categoría de Odontólogo
- sus funciones + las
q se le asignen
- Otros Licenciados Sanitarios
- DIPLOMADOS CON TITULO DE
ESPECIALISTA
- Categoría de
Enfermero Especialista
- DIPLOMADOS SANITARIOS
- Categoría de
Enfermero
Subinspector
- Activi con tendencia hacia
consecución de objetivos,
acorde a los programas
que se encuentran en el
PLAN ANUAL DE
INSPECCIÓN.Similares
activ al inspector médico +
ñas q se le asignen.
- Categoría de
Enfermero
- Cuidar
mas las
q se le
asignen.
- Categoría de Fisioterapeuta
- Prevención de
dolencias,
recuperación y
rehabilitación
- Categoría de Logopeda
- prevención y
recuperación de
trastornos del
lenguaje, audición
y fonación
mediante técnicas
propias + las q se le
asignen.
- Categoría de Terapeuta Ocupacional
- Activ potenciar y suplir
funciones psquicas o físicas
perdidas o disminuidas y
orientar a tales funciones.
- Categoría de
Nutrición
Humana y
Dietética
- Actividades orientadas a la
alimentación de la persona,
regímenes alimenticios.
- Otros Diplomados
Sanitarios (Psicologos????)
- PERSONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL
- TÉCNICOS SUPERIORES
- Categoría de
Técnico
especialista en:
- Documentación
Sanitaria
- Anatomia
Patológica
- Higiene
Bucodental
- Laboratorio de
Diagnostico Clínico
- Imagen para el
Diagnostico
- Radioterapia
- Nutricion y Dietética
- Otros
- TÉCNICOS
- Categoría de
Técnico en
Cuidados
Auxiliares de
Enfermería. (TCAE)
- Categoría de
Técnico en
Farmacia
- Según su
nivel
académico
- PERSONAL ESTUTARIO DE
GESTIÓN Y SERVICIOS
- PERSONAL DE FORMACIÓN UNIVERSITARIA
- LICENCIADOS UNIV O TITULO EQUIV
- Categoría titulado superior en:
- Administración Sanitaria
- Informatica
- Prevención de Riesgos Laborales
- Económico-Financiero
- Comunicación
- Bibliotecario- Documentalista
- Ingeniero superior
- Jurídico
- Otros
- DIPLOMADO UNIV O TITULO EQUIVALENTE
- Gestion
Administrativa
- Gestión
informatica
- Gestión de
Documentación
- Titulado medio en
prevención de
riesgos laborales
- ingeniero Técnico
- Trabajador social
- Titulado medio en
relaciones laborales
- Titulado Medio
Económico-Financiero
- Otros titulados
medios
- PERSONAL DE FORMACION PROFESIONAL
- TÉCNICO SUPERIOR O EQUIV
- Cat. Administrativo
- Cat Técnico
Especialista en
informática
- Categoria de
Técnico
Especialista en
Prevención de
Riesgos
Laborales
- Delineación
- Restauración
- Alojamiento
- Otros
Técnicos
Especialista
de oficiois
- TÉCNICO O EQUIV
- Auxiliar administrativo
- Telefonista
- Conductor
- Técnico en Cocina
- oficial de Mnto
- OTRO PERSONAL
- celador
- operario de
oficios
(colabora con
oficial de Mnto)
- Operario
de
servicios
- según su
nivel
académico
- segun
su
función
- según el tipo de nombramiento
- PERSONAL ESTATUTARIO FIJO
- Una vez
superado un
proceso
selectivo.
- PERSONAL ESTATUTARIO TEMPORAL
- por razones
de necesidad,
urgencia o
para el
desarrollo de
programas
- tipos
- P.E. INTERINO
- Se
expedirá
para el
desarrollo
de una
plaza
vacante
- Cesará: a)
Amortización
plaza, b)
Desaparición de
las razones que
motivaron la
cobertura de la
plaza. c)
Incorporación de
un fijo a la plaza
del interino, d)
Resolución de la
relación durante el
periodo de prueba
- P.E. EVENTUAL
- Se expedirá en los
casos de : 1)
prestación de
servicios de
manera temporal,
coyuntural o
extraordinaria (no
superior a 2 años),
2) Cuando sea
necesario para
garantizar el
funcionamiento
continuado y
permanente de
los centro e
instituciones
sanit, 3) para las
reducciones de
jornada.
- Cesará: 1)
cuando se
produzca la
causa o venza el
plazo q se
determine en su
nombramiento,
2) al suprimirse
las funciones que
lo motivaron, 3)
Resolución de la
relación durante
el periodo de
prueba
- P.E.SUSTITUTO
- Se expedirán
para atender
las
necesidades
de los fijos y
sus
vacaciones,
permisos y
demás
ausencias
con reserva
de plaza.
- Cesará: - Pérdida de la
persona sustituida de su
dcho de reincorporación
a la misma plaza o
función, -
Reincorporación de la
persona sustituida a la
misma plaza, -
resolución de la relación
durante el periodo de
prueba, - Cumplimiento
del periodo por el que
se hizo el
nombramiento , -
Finalización de la causa
que motivó la
sustitución, -
Incorporación a la plaza
de un nuevo titular.
- 3. PROVISION DE PLAZAS, SELECCION Y PROMOCIÓN INTERNA
- 3.1. SELECCIÓN Y PROMOCIÓN INTERNA
- A) Selección de personal fijo
- PROMOCIÓN INTERNA
- Nombramientos a otra categoría spre q el titulo exigiso sea igual o > nivel
académico del de procedencia
- Requisitos: Ostentar la titulación requerida, dos años de fijo y en servicio activo.
- Tendrán preferencia al turno libre, pero las plazas que no se provean pasarán a éste.
- TURNO LIBRE
- OPOSICIÓN, en función características socio-profesionales
- CONCURSO-OPOSICIÓN: La OPOSICIÓN
consiste en la realización de uno o varios
ejercicios para establecer aptitud, idoneidad
y competencia y su orden de prelación. El
CONCURSO Igual solo que se valora méritos
profesionales a través de un baremo y de su
CV y así establecer orden de prelación.
- CONCURSO: Cuando el nivel de cualfificación así lo indique
- El uso individual de estos
deberá ser objeto de
Negociación con la MESA
SECTORIAL .
- Se especifican plazos, puntuaciones
mínimas,
tener en cuenta el
art 30.3 55/2003
Estatuto Marco,
Requisitos, y örganos
de Selección.
- Nombramiento, por el Consejero de Sanidad.
- B) Selección de personal temporal
- Deberán reunir los mismos requisitos que los
fijos.
- Se llevará a cabo mediante la constitución de BOLSAS DE EMPLEO.
- Por insuficiencia de aspirantes se realizarán
convocatoria específicas.
- Estarán sujetos a periodos de prueba.
- OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO--->
Necesidades de RRHH con
asignación€ que no se pueden
cubrir con el personal existente.
Negociación Mesa
Correspondiente y publicación
bOCYL
- 3.2 PROVISION DE PLAZAS
- CONCURSO DE TRASLADOS
- LIBRE DESIGNACIÓN
- OTRAS FORMAS DE PROVISION
- Reasignacion de plazas con motivo de planes de ordenacin de RRHH (PORH)
- traslado por razón de servicio
- 4. ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA DE LA CONDICION DE PERSONAL ESTUTARIO FIJO