DEFINICION :El Estado es el sujeto típico del DIP, sin embargo
pueden existir otros sujetos, tales como comunidades,
organismos internacionales, organizaciones religiosas
y humanitarias a las que la comunidad internacional
reconoce personalidad jurídica internacional.
TEORIA DE LA RESPONSABILIDAD
Eutathiades.- El sujeto internacional
debe: ser titular de un derecho y poder
hacerlo valer mediante reclamación
internacional, o ser titular de un deber
jurídico y tener capacidad de cometer
un delito internacional. (Elemento de la
responsabilidad)
TEORIA PURA DEL DERECHO
Personas jurídicas actúan a través de
individuos, los cuales se convierten en órganos
de la misma en la medida en que sus actos son
regulados por el estatuto de la sociedad. “Son
sujetos del orden jurídico internacional, toda
entidad o individuo que sea destinatario directo
de una norma de dicho orden.”
RECONOCIMIENTO DE ESTADOS
Acto por el cual las demás naciones
miembros de la comunidad internacional se
hacen sabedoras, para ciertos efectos, de
que ha surgido a la vida internacional un
nuevo ente.(
DOCTRINA JEFFERSON 1792
DOCTRINA TOVAR 1907
DOCTRINA WILSON 1913
DOCTRINA ESTRADA 1930
DOCTRINA DIAZ ORDAZ 1969
1.- Es algo mas que una simple
asociación humana, capaz de
perseguir por si sola los fines que
le son propios. 2.- El Estado
permanece aunque se modifique
su forma de gobierno. 3.-
Capacidad de elegir por si mismo
su forma de gobierno sin
intervención e injerencia de
terceros Estados, en los asuntos
internos. 4.- Facultad de decidir su
política exterior de forma
autónoma, sin sujetarse al a
voluntad de terceros. 5.- El Estado
impone su ordenamiento jurídico,
mismo que debe ser acatado
normalmente y en caso de
infringirse será sancionado. 6.-
Posee órganos de representación
hacia el exterior que dirigen las
relaciones internacionales. 7.- La
imposición del ordenamiento
jurídico se hace dentro de un
ámbito espacial.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.