El proceso es la sucesión de faces jurídicas concatenadas realizadas conforme al orden trazado por la ley, el juez, las partes, y los terceros en ejecución de los poderes, pretendiendo la actuación de la ley
Otras Definiciones
Vescovi "El proceso es el medio adecuado del estado para resolver conflictos a través del derecho procesal que establece el orden de los actos para la correcta presentación de la actividad jurisdiccional"
GUASP, James. “El proceso es un instrumento de satisfacción de pretensiones”
Berrios de Angeló, D. “El proceso es una coordinación de actos con la finalidad de administrar justicia ”
Carnelutti. “El proceso es el todo, el procedimiento es la parte de ese todo”
CARACTERISTICAS
CONJUNTO DE ACTOS
JURISDICCIONALES
Por el organo o juez en cumplimiento de obligaciones y deberes
JURIDICOS
DEMANDANTE
DEMANDA
DEMANDA
RESPUESTA
CONJUNTO DE NORMAS
FINALIDAD
Restablecer le paz atravéz de la solución del conflicto, la restauracion del orden.
NATURALEZA DEL PROCESO
TEORÍA CONTRACTUALISTA
Derivada de la lítis contestatio (Contrato litigio)
TIPOS DE PRECESO
ECONOMICO
INTERNACIONAL
POLITICO
ADMINISTRATIVO
FINANCIERO
LABORAL
PENAL
MERCANTIL
AGRARIO
CIVIL
FAMILIAR
MILITAR
Implica un desarrollo jurídicamente se conceptualiza con un avance para cumplir con un fin, componer litigios satisfacer pretensiones resolver conflictos y descubrir la verdad
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.