Zusammenfassung der Ressource
CONTRATO
INDIVIDUAL
- ARTICULO 20- 21
- CUALQUIERA QUE SEA SU
FORMA O DENOMINACION
- ES AQUEL POR VIRTUD
- DE CUAL UNA
PERSONA SE OBLIGA
- A PRESTAR A OTRA UN
TRABAJO PERSONAL
SUBORDINADO
- MEDIANTE EL PAGO
DE UN SALARIO.
- ARTICULO 22
- MAYORES DE 15 AÑOS
- PUEDEN PRESTAR
LIBREMENTE SUS SERVICIOS
- CON LAS LIMITACIONES
ESTABLECIDAS POR ESTA LEY
- ARTICULO 22 BIS
- QUEDAN PROHIBIDO EL
TRABAJO A MENORES
DE 15 AÑOS
- ARTICULO 23
- SI SE DETECTA
LABORANDO
- MENOR DE 15 AÑOS
- AL PATRON SE LE
SANCIONARA
- ARTICULO 995 BIS
- ARTICULO 24,25,26 Y 27
- CONDICION DE TRABAJO DEBE
HACER CONSTAR POR ESCRITO
- QUE CONSTEN CON
CONDICIONES DE
TRABAJO
- PARA QUEDAR OBLIGADO A
DESEMPEÑAR EL TRABAJO QUE
SE COMPATIBLE
- ARTICULO 28,28-A Y 28-B
- TRABAJADORES FUERA DE
LA REPUBLICA
- SE RIJA POR ESTA LEY
- ARTICULO 29
- QUEDAN PROHIBIDO
MENORES DE 18 AÑOS
- SUS SERVICIOS FUERA DE
LA REPUBLICA
- ARTICULO 30 - 34
- PRESTACIONES DE SERVICIOS
DENTRO DE LA REPUBLICA
- OBLIGAN A LO
EXPRESAMENTE PACTADO
- LOS CONVENIOS CELEBRADOS
- ENTRE SINDICATOS Y PATRONES
- QUE PUEDEN AFECTAR
- DERECHOS DE LOS
TRABAJADORES
- ACTIVIDAD: 10 SANCHEZ CHACON MAYRA MARLET ADMINISTRACION DE EMPRESAS