Zusammenfassung der Ressource
SOCIEDAD
DE CAPITAL
VARIABLE
- no es un tipo de sociedad, si no
una modalidad accidental que
puede adoptar la mayoría de las
sociedades mercantiles.
- El aumento de capital podrá ser por aumento de las
aportaciones de los socios o por admisión de socios
nuevos; y las disminuciones, por retiro del socio o
devolución parcial de su aportación (artículo 213).
- Al nombre de la sociedad se le debe
añadir la indicación “Capital Variable”
(artículo 215).
- Se debe llevar un libro especial para
registrar las variaciones del capital
(artículo 219)
- Articulo 227 LGSM dice: Las sociedades constituidas en
alguna de las formas que establecen las fracciones I a V del
artículo 1º, podrán adoptar cualquier otro tipo legal. Asimismo
podrán transformarse en sociedad de capital variable.
- En otras palabras, todas las sociedades:
- Sociedad de nombre colectivo,
- Responsabilidad limitada
- Sociedad anónima
- En comandita simple
- Sociedad cooperativa
- Tiene su propia legislacion, LGSC
- Sociedad en comandita por acciones