Zusammenfassung der Ressource
Mecanismos
constitucionales
para la protección
de los derechos.
- Habeas data
- Es un derecho que tienen las personas el cual les permite conocer, actualizar y rectificar las informaciones que
se hayan registrado sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
- Derecho de petición
- Es un derecho que tiene toda persona para presentar solicitudes respetuosas, verbales o escritas, ante las
autoridades públicas o ante los particulares que prestan servicios públicos o ejercen funciones públicas y
obtener de ellos una respuesta pronta y oportuna que resuelva lo solicitado.
- Habeas corpus
- Es una acción pública que tutela, en cualquier tiempo, el derecho fundamental a la libertad personal cuando
alguien ha sido capturado con violación de las garantías constitucionales o legales, o cuando se prolonga
ilícitamente la privación de su libertad, por la acción u omisión de actuación de cualquier autoridad pública.
- Acción de tutela
- Es un instrumento constitucional que faculta a cualquier persona para acudir ante un juez de la república en cualquier momento o lugar con
el fin de buscar un pronunciamiento que proteja un derecho constitucional fundamental vulnerado o amenazado por la acción o la omisión de
las autoridades públicas o particulares en los casos que determine la ley, siempre y cuando no exista otro mecanismo judicial de defensa
idóneo, salvo que se trate de evitar un perjuicio irremediable, evento en el cual procede como mecanismo transitorio.
- Acción de cumplimiento
- es un mecanismo judicial de protección de derechos, consistente en la facultad que tiene toda persona de acudir ante el juez
administrativo para solicitarle que ordene, a la autoridad pública o al particular en ejercicio de funciones públicas renuente, el
cumplimiento de un deber contenido en una norma con fuerza material de ley o un acto administrativo cuya ejecución le corresponde.
- Acciones populares
- Son los medios procesales para la protección de los derechos e intereses colectivos que se ejercen para evitar el
daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses
colectivos, así como la restitución de su uso y goce.
- Acciones de grupo
- son medios procesales que permiten a un número plural de personas que reúnen condiciones uniformes respecto de una
misma causa que originó perjuicios individuales para cada una de ellas, acudir a las autoridades judiciales para obtener el
reconocimiento y pago de la indemnización de los perjuicios.
- peticiones de información
- Petición que se hace a las autoridades para que éstas den a conocer cómo han actuado en un caso concreto, entreguen
información general sobre la entidad, expidan copias y/o permitan el examen de la documentación que reposa en la
entidad, en un término no mayor de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de radicación para su respuesta.
- Quejas
- Es la manifestación que se realiza ante las autoridades, sobre las conductas irregulares de servidores públicos o
particulares que ejerzan funciones públicas, administren bienes del Estado o presten servicios públicos. Deben ser
resueltas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación.
- Reclamos
- Cuando se anuncia a las autoridades, la suspensión injustificada o la prestación deficiente de un
servicio público. Deben resolverse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación.
- Manifestaciones
- Es la opinión del peticionario que se hace llegar a las autoridades sobre una materia sometida a actuación
administrativa. Deben contestarse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación.