Zusammenfassung der Ressource
NORMATIVIDAD DEL SECTOR TRANSPORTE POR
CARRETERA EN COLOMBIA
- DECRETO 170 DE 2001
- ARTICULO 1o. OBJETO Y PRINCIPIO
- Tiene como objeto reglamentar la habilitación de las empresas de transporte público colectivo,
Terrestre Automotor de pasajeros del radio de acción Metropolitano, Distrital y/o municipal y la
prestación por parte de estas de un servicio eficiente, seguro, oportuno y económico, bajo los
criterios básicos de cumplimiento de los principio rectores del transporte.
- ÁMBITO APLICACIÓN Y DEFINICIONES
- Las disposiciones contenidas en el siguiente decreto se aplicaran íntegramente a la modalidad del
transporte público, colectivo, Terrestre automotor de pasajeros del radio de acción Metropolitano,
Distrital y municipal de acuerdo con los lineamientos establecidos en las leyes 105 de 1993 y 336 de
1996
- ACTIVIDAD TRANSPORTADORA
- De conformidad del con el articulo 6º de la ley 336 de 1996 se entiende por actividad transportadora
un conjunto organizado de operaciones tendientes a ejecutar el traslado de personas o cosas
separadas o conjuntamente de un lugar a otro, utilizando uno o varios métodos de conformidad con
las autoridades expedidas por las autoridades competentes en los reglamentos del gobierno
nacional.
- TRANSPORTE PÚBLICO
- De conformidad con el artículo 30 de la ley 105 de 1993, el transporte público es una industria
encaminada a garantizar la movilización de las personas, o cosas por medio de vehículos apropiados,
en condiciones de libertad de acceso, calidad y seguridad de los usuarios y sujeto a una
contraprestación económica
- De acuerdo con el artículo 5º de la ley 336 de 1996,el transporte privado es aquel que tiende a
satisfacer necesidades de movilización de personas o cosas dentro del ámbito de las actividades
exclusivas de las personas naturales o jurídicas.
- DECRETO 171 DE 2001
- El presente Decreto tiene como objeto reglamentar la habilitación de las empresas de Transporte
Público Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera y la prestación por parte de estas de un
servicio eficiente, seguro, oportuno y económico, bajo los criterios básicos de cumplimiento de los
principios rectores del transporte, como son la libre competencia y la iniciativa privada, a los cuales
solamente se aplicarán las restricciones establecidas por la Ley y los Convenios Internacionales.
- Reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera
decreto 171 (febrero 5 de 2001
- DECRETO 172 DE 2001
- Reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor individual de
pasajeros en vehículos taxi decreto 172 (febrero 5 de 2001)
- DECRETO 173 DE 2001
- Reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor de carga decreto 173 (febrero 5 de
2001)
- DECRETO 174 DE 2001
- Reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor especial decreto 174 (febrero 5 de
2001)
- DECRETO 175 DE 2001
- Reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor mixto” decreto 175 (febrero 5 de
2001)