DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL

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Mindmap am DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL, erstellt von ALEXIS MEZA am 02/08/2021.
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Zusammenfassung der Ressource

DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL
  1. Delitos relacionados con el tránsito y el transporte
    1. LEY 599 DE 2000
      1. ARTÍCULO 120. Lesiones culposas.
        1. ARTÍCULO 286. Falsedad ideológica en documento público.
          1. ARTÍCULO 288. Obtención de documento público falso.
            1. ARTÍCULO 109. Homicidio culposo.
              1. ARTÍCULO 173. Apoderamiento de aeronaves, naves, o medios de transporte colectivo.
                1. Artículo 353. Perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial.
                  1. ARTÍCULO 43. Las penas privativas de otros derechos.
                    1. ARTÍCULO 48. La privación del derecho a conducir vehículos automotores y motocicletas.
                  2. Registro a personas o vehículos
                    1. LEY 906 DE 2004
                      1. Artículo 208. Actividad de policía.
                      2. Ley 1801 de 2016
                        1. ARTÍCULO 159. Registro a persona.
                          1. ARTÍCULO 160. Registro a medios de transporte.
                        2. Flagrancia
                          1. LEY 906 DE 2004
                            1. Artículo 301. Flagrancia.
                              1. La persona es sorprendida y aprehendida durante la comisión del delito.
                                1. La persona es sorprendida o individualizada durante la comisión del delito y aprehendida inmediatamente después por persecución o cuando fuere señalado por la víctima u otra persona como autor o cómplice del delito inmediatamente después de su perpetración.
                                  1. La persona es sorprendida y capturada con objetos, instrumentos o huellas, de los cuales aparezca fundadamente que acaba de cometer un delito o de haber participado en él.
                                    1. La persona es sorprendida o individualizada en la comisión de un delito en un sitio abierto al público a través de la grabación de un dispositivo de video y aprehendida inmediatamente después.
                                      1. La persona se encuentre en un vehículo utilizado momentos antes para huir del lugar de la comisión de un delito, salvo que aparezca fundadamente que el sujeto no tenga conocimiento de la conducta punible.
                                      2. Artículo 302. Procedimiento en caso de flagrancia.
                                        1. Artículo 303. Derechos del capturado.
                                      3. Decomiso e incautación
                                        1. LEY 906 DE 2004
                                          1. Artículo 84. Trámite en la incautación u ocupación de bienes con fines de comiso.
                                          2. Ley 1801 de 2016
                                            1. ARTÍCULO 164. Incautación.
                                              1. ARTÍCULO 179. Decomiso.
                                            2. Inmovilización de vehículos
                                              1. Ley 769 de 2002
                                                1. ARTÍCULO 125. INMOVILIZACIÓN.
                                                  1. Ley 962 de 2005
                                                    1. ARTÍCULO 65. SISTEMA DE INFORMACIÓN.
                                                      1. ARTÍCULO 66. PAGOS
                                                        1. ARTÍCULO 67. CÓMPUTO DE TIEMPO.
                                                  2. Procedimiento penal especial abreviado y acusador privado
                                                    1. LEY 1826 DE 2017
                                                      1. especial abreviado
                                                        1. Cuando quien vaya a acusar pueda afirmar, con probabilidad de verdad, que la conducta delictiva sí existió y que el indiciado fue autor o partícipe, se debe proseguir al "traslado de la acusación".
                                                          1. El traslado de la acusación equivale a la formulación de imputación para todos los efectos procesales, según el parágrafo 4 del artículo 536 del Código de Procedimiento Penal.
                                                          2. El Acusador Privado.
                                                            1. Considerado en el naciente sistema jurídico, como aquella persona que al ser victima de la conducta punible, esta facultada legalmente para ejercer la acción penal representada por su abogado, o estudiantes de consultorio jurídico de las universidades debidamente acreditadas. Debiendo contar con las mismas calidades del querellante legitimo para el ejerció de la acción penal.
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