Zusammenfassung der Ressource
primer procedimiento
- Asamblea Nacional
- es indispensable que el Congreso de la República, con el voto afirmativo de las dos terceras partes de
los miembros que lo integran, convoque a una Asamblea Nacional Constituyente.
- Convocatoria
- Si se pretende reformar el artículo 278
- Quien convoca
- Congreso de la República
- Debe de estar las 2/3 para dicha convocatoria
- Informa al TSE que debe de convocar a una Asamblea Nacional
- El pazo será de 120 días
- Puede reformar cualquier artículo
- NO, Solo los que el congreso indique
- Diputados
- No se podrá simultáneamente ser diputado a la Asamblea Nacional Constituyente y al Congreso de la
República