Zusammenfassung der Ressource
ACTUACIONES DE
POLICIA JUDICIAL
- ALGUNAS ACTUACIONES DE POLICIA JUDICIAL
PUEDEN TENER CONTROL PREVIO (por parte del
fiscal) Y CONTROL POSTERIOR (por parte del Juez
de Garantias)
- estas son:
- RESISTROS Y ALLANAMIENTOS
Arts. 219 a 229 y 232 del CPP y
Manual de Policía Judicial
- Diligencia
ordenada por
el fiscal
- 24 horas después de la
diligencia se pide al Juez de
Garantias que verifique la
legalidad de dicha actuación
en audiencia preliminar
- Recolectar
pruebas,
capturar
indiciados
- INTERCEPTACION DE
COMUNICACIONES
TELEFONICAS Y SIMILARES
Art. 235 del CPP y Manual
de Policía Judicial
- Diligencia de
carácter
reservado
autorizado por el
fiscal
- 24 horas después de
la diligencia se pide al
Juez de Garantias que
verifique la legalidad
de dicha actuación en
audiencia preliminar
- RETENCION, EXAMEN Y DECOLUCION DE CORRESPONDENCIA
Arts. 233, 234 del CPP y Manual de Policía Judicial
- Orden del fiscal para
retener correspondencia
privada, telegramas o
sistemas de mensajería
emitida por el indiciado o
imputado
- RECUPERACIÓN DE
INFORMACIÓN DEJADA AL
NAVEGAR POR INTERNET U
OTROS MEDIOS TECNOLÓGICOS
QUE PRODUZCAN EFECTOS
EQUIVALENTES Art. 236 del CPP y
Manual de Policía Judicia
- con fundamento en la investigación de Policia Judicial
el Fiscal puede ordenar capturar atrevez de medios
técnicos toda información del navegador de internet
utilizado por el indiciado, imputado o capturado
- 24 horas después de la
diligencia se pide al Juez
de Garantias que
verifique la legalidad de
dicha actuación en
audiencia preliminar
- VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO DE PERSONAS
Art. 239 del CPP y Manual de Policía Judicial.
- Acto de carácter reservado que el fiscal
delegado, con autorización del Director
Nacional o Seccional de Fiscalías, ordena a la
policía judicial mantener bajo observación y
seguimiento pasivo por término máximo de un
año al presunto indiciado o imputado de un
delito
- El fiscal delegado solicitará ante el Juez
de Garantías, dentro de las 36 horas
siguientes a la expedición de la orden
correspondiente, el control de su
legalidad formal y material, es decir, la
orden tiene control judicial antes de su
ejecución.
- VIGILANCIA DE COSAS
Art 240 CPP
- ANÁLISIS E INFILTRACIÓN DE ORGANIZACIÓN CRIMINAL
Art. 241 del CPP y Manual de Policía Judicial.
- El Fiscal ordenará a la policía judicial realizar un análisis
previo de la organización criminal con el fin de conocer
su estructura organizativa, la agresividad de sus
integrantes y sus puntos débiles planificará y preparará
la infiltración del agente encubierto con el propósito de
obtener información útil a la investigación que adelanta.
- ACTUACION DE AGENTES ENCUBIETOS Art.
242 del CPP y Manual de Policía Judicial.
Resolución 06351 del 9 octubre del 2008
proferida por el Fiscal General de la Nación.
- ENTREGA VIGILADA Art. 243 del CPP y Manual de
Policía Judicial. Resolución 02450 de 2006 proferida
por el Fiscal General de la Nación.
- Actividad de seguimiento o vigilancia que hace policía judicial,
en relación con la entrega de objetos producto del delito o
prohibidos por la ley, hasta permitir inclusive que se
transporten dentro o fuera del territorio nacional, con el
propósito de verificar la información que conoce el fiscal sobre
la intervención del indiciado o imputado en el tráfico de armas,
explosivos, municiones, moneda falsificada, drogas que
producen dependencia, o de la existencia de una actividad
criminal continua.
- EXÁMENES DE ADN QUE INVOLUCREN AL INDICIADO
O AL IMPUTADO Art. 245 del CPP.