Zusammenfassung der Ressource
Código de Ética
- Conjunto de normas que regulan la actividad profesional del Licenciado en Administración
- Con base en valores, y principios establecidos por la misma sociedad.
- Bicéfalo.
- El símbolo de los Licenciados en Administración
- representa en su conjunto, la filosofía de una disciplina que significa
- el progreso
- avance continuo
- el movimiento dinámico
- el crear
- convivir
- el impulso
- la fuerza
- el ímpetu
- la resolución
- es la evolución creciente que va en busca del perfeccionamiento.
- Principios Éticos.
- UNIDAD
- En forma real, comprometida y seria, enlazar en una sola cadena con la visión
de beneficiar a nuestro gremio, a sus integrantes y a nuestro país en general.
- ESFUERZO
- sumar los esfuerzos de la profesión para coadyuvar al cumplimiento de las metas
sociales, políticas y humanísticas.
- CORRESPONSABILIDAD
- capacidad de afrontar el deber
- HONESTIDAD
- administración responsable de los recursos que se le han confiado
- CALIDAD
- afrontar la resistencia al mismo y a la competencia profesional
- SERVICIO
- es ahora lo más importante para la venta de nuestros productos
- INTEGRACIÓN
- un proceso de unificación de los Licenciados en Administración del país, persiguiendo
objetivos comunes que nos permitan alcanzar logros tangibles y concretos
- EXCELENCIA
- alto grado de desarrollo en las actividades y áreas en que se desempeña
- CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
- Mediante el Código de Ética, la profesión declara su
intención de cumplir con la sociedad y fortalecer el
espíritu del ser humano
- Capítulo I De las Normas Generales
- *Artículo 1.
- Rige la conducta en lo referente a su actuación con sus socios,
clientes, superiores, subordinados y sus colegas de profesión.
- Artículo 2.
- Los LA normarán su conducta, de acuerdo
a las reglas contenidas en este código
- Artículo 3
- El LA que tenga además otras profesiones deberá
respetar estas normas, independientemente de las
que señalen las otras.
- Artículo 4
- Los casos en que exista duda, acerca de la interpretación de este
código, deberán someterse a la consideración de la FNCLA
- Artículo 5
- Deberá utilizar sus conocimientos profesionales, únicamente en
labores que cumplan con la moral, la ética profesional, las buenas
costumbres y la responsabilidad social.
- Artículo 6.
- Deberá apegar su acción profesional en documentos que norman las
bases conceptuales de la administración
- Artículo 7
- Al emitir un juicio profesional deberá ser imparcial
- Artículo 8
- Los informes que emita, deberán ser
necesariamente, el resultado de un trabajo realizado
por él o por colaboradores bajo su supervisión
- Artículo 9
- Será el único responsable de los informes que
emita y deberá validarlos con su firma
- Artículo 10
- Solamente se responsabilizará de los asuntos,
cuando tenga capacidad y experiencia para atenderlos
- Artículo 11
- Los honorarios que perciba, deberán ser proporcionales con
la importancia de las labores a desarrollar
- Artículo 12
- Se abstendrá de hacer comentarios negativos, que perjudiquen la
reputación y el prestigio de otro colega
- Artículo 13
- Deberá dar a sus colaboradores el trato que les corresponde
- Artículo 14
- En caso de contar con pruebas concluyentes, de cualquier
desviación cometida, tendrá la obligación de informarla
- Artículo 15
- Únicamente ofrecerá trabajo directamente a socios,
empleados y trabajadores de otros colegas, con
previo conocimiento y autorización de éstos
- Artículo 16
- Su reputación profesional deberá tener como bases los conocimientos,
experiencia profesional, la honradez, la laboriosidad, la capacidad
profesional y la observancia de las reglas de ética en sus actos
- Artículo 17
- Se abstendrá de participar o actuar como árbitro
en todo tipo de asunto que afecte su criterio e
imparcialidad con terceros
- Artículo 18
- Evitará tomar decisiones o concertar arreglos que perjudiquen al gremio
- Artículo 19
- Se abstendrá de hacer uso de
información, material técnico,
procedimientos de otros colegas
- Articulo 20
- En los casos en que se utilice la información,
tendrá obligación de darles el crédito debido.
- Capítulo II De la Responsabilidad en el
Ejercicio Profesional
- Artículo 21
- Pondrá siempre su mejor empeño
- Artículo 22
- Guardará el secreto profesional
- Artículo 23
- Por ningún motivo proporcionará información incorrecta en beneficio de la
organización y en perjuicio de la sociedad.
- Articulo 24
- Denunciará situaciones irregulares y de mal manejo de recursos
- Artículo 25
- Recomendará la implantación de métodos, sistemas y procedimientos establecidos o estudiados
por él en otro organismo, siempre y cuando, no tengan carácter de secreto profesional
- Artículo 27
- Por ningún motivo ostentará un grado académico que no haya obtenido
- Artículo 28
- estará obligado a mantener una permanente orientación hacia su
actualización y capacitación en los aspectos propios
- CAPÍTULO III De
lo Social.
- Articulo 29
- antepondrá los intereses de la sociedad a la cual sirve,
por encima de cualquier interés particular.
- Artículo 30
- cuidar y el respetar los intereses de la sociedad a la
cual sirve.
- Artículo 31
- Será consciente de la responsabilidad que tiene como profesionista ante la sociedad
civil y el Estado.
- Artículo 32
- Procurará el mayor provecho para la institución donde preste sus servicios
- Artículo 33
- hará el mejor uso racional, de los recursos
- Artículo 34
- conciliará entre los factores de la producción
- Artículo 35
- vigilará y respetará las acciones de todo organismo social
- Artículo 36
- Dará siempre a la administración de los recursos públicos y privados, una orientación
de servicio a la comunidad
- Artículo 37
- Prestará el servicio social profesional, como un apoyo sustantivo a la comunidad
- CAPÍTULO IV De la
Docencia.
- El Licenciado en Administración
- Según los Artículos
- 38 al 50
- En sus educandos, orientará, formará adecuadamente, orientará, concientizará,
Promoverá, respetará como este código recomienda.
- CAPÍTULO V Asesoría y
Consultoría.
- El Licenciado en Administración que efectúe labores de asesoría y consultoría deberá
seguir las normas éticas que marca este código y deberá estar debidamente
certificado por la Federación Nacional CONLA, A. C.
- CAPÍTULO VI De la
Investigación
- El Licenciado en Administración, dedicado a la investigación deberá estar consciente
de la importancia que la investigación buscará innovaciones, fomentará la importancia
que tiene la investigación.
- CAPÍTULO VII Perito Profesional.
- situación que le permite al Licenciado en Administración,
emitir su opinión profesional sobre un caso específico que
se esté dirimiendo en un juicio, con objeto de emitir un
dictamen en materia de Administración
- Deberá conducirse conforme a las normas, los principios y la ética que marca este
Código, conducirse con la mayor imparcialidad y objetividad, en la opinión que rinda y
estar debidamente afiliado y certificado por la Federación Nacional CONLA, A. C.,
- CAPÍTULO VIII Auditor en Administración.
- La firma del Licenciado en Administración, será válida profesionalmente al suscribir la
realización de una auditoría, evaluación o diagnóstico integral, siempre y cuando se
observen las Normas Generales de Administración
- CAPÍTULO IX De la Certificación
- La certificación profesional es un requisito indispensable para acceder al desempeño
profesional con calidad.
- CAPÍTULO X. De las Instituciones de Educación Superior.
- Respetar la normatividad y los criterios de calidad académica, Las instituciones
deberán apegarse a los criterios del perfil de Licenciado en Administración, los
Licenciados en Administración que imparten alguna asignatura, se deberán mantener
actualizados de acuerdo a los criterios profesionales de la Federación Nacional CONLA,
A. C.
- CAPÍTULO XI De los Estudiantes.
- El estudiante debe enmarcar su libertad de actuación con responsabilidad,
manteniendo su ideología racionalmente, con hábitos positivos, valores y principios, debe
ser honesto consigo mismo, y reflejarlo en su conducta cotidiana, deberá ser promotor
permanente, de nuestra cultura e identidad nacional
- CAPÍTULO XIII De la Tecnología de Punta en la Administración.
- El Licenciado en Administración, está comprometido a la utilización, la adecuación y la
adaptación de la tecnología internacional, tiene el compromiso de contribuir a desarrollar
una tecnología propia para impulsar el desarrollo de las organizaciones, se apoyará en
la tecnología idónea para fortalecer los procesos de toma de decisiones.
- CAPÍTULO XIV De las Licenciaturas relacionadas con la Administración
- se aceptan a los profesionistas de carreras hermanas a la Administración, tales
como: Mercadotecnia, Turismo, Relaciones Industriales, Informática,Comercio
Internacional, Finanzas, Negocios Internacionales, y todos aquellos que sustenten en sus
estudios conocimientos en administración
- CAPÍTULO XV Del Administrador Profesional.
- . El Administrador Profesional que se desarrolle en la práctica y que no cuente con
grado académico a nivel Licenciatura, podrá participar en las actividades de la
Federación Nacional CONLA, A. C., como “asociado invitado”, en su caso, si cuenta con
más de 10 años de experiencia en la práctica profesional, puede optar por la
certificación dentro de la Federación en su área de especialidad de conformidad con
las disposiciones establecidas en el Reglamento para la Certificación.
- CAPÍTULO XVI De las Sanciones
- El Consejo de Honor y Justicia de la Federación Nacional CONLA, A. C., es el órgano
máximo de la Federación y el cual impone las sanciones.
- PERFIL IDEAL DEL LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN
- ACTITUDES PERSONALES
- Crítica hacia la vida y hacia la profesión.
- Participación en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
- Seguridad en sí mismo
- Superación permanente
- Prospectiva de la vida.
- Aprendizaje permanente.
- . Emprendedora
- Ética
- Apertura al cambio
- Valor y cordura para la toma de decisiones
- SOCIALES
- Servicio a los demás.
- Compromiso y responsabilidad
- Orgullo por la profesión y la nación
- Responsabilidad del bienestar social
- HABILIDADES ADMINISTRATIVAS
- Tomar decisiones
- Crear y desarrollar organizaciones
- Planear, organizar y dirigir el trabajo hacia resultados.
- Aplicar creativamente y con amplio criterio, en la práctica, los conocimientos adquiridos
- Apoyarse en la informática, para realizar sus funciones y diseñar sistemas
de información.
- Ejercer y delegar autoridad
- Diagnosticar y evidenciar desviaciones administrativas de naturaleza preventiva y
correctiva.
- INTERPERSONALES
- Liderear equipos de trabajo
- Negociar
- Trabajar en equipos multidisciplinarios.
- Innovar el clima organizacional y a las nuevas tecnologías
- Promover el cambio y el desarrollo organizacional social. Perfil general del egresado de
la licenciatura en administración
- INTELECTUALES
- Aprender a ser, a aprender y a emprender
- Investigar para solucionar problemas
- Calcular, interpretar y usar cifras.
- APTITUDES
- Crear y desarrollar organizaciones
- Organizar y dirigir
- Diagnosticar y evaluar organizaciones
- CONOCIMIENTOS
- La administración y la planeación estratégica.
- Análisis y diseño organizacional
- Liderazgo.
- Áreas funcionales
- Diagnóstico integral