Zusammenfassung der Ressource
La garantía de la motivación y la
jurisprudencia de esta Corte
- cargos esgrimidos por los accionantes en contra de la sentencia
impugnada
- El alcance de la garantía de la motivación
- Esta Corte ha establecido que “[e]n un Estado constitucional,
la legitimidad de las decisiones estatales no depende solo de
quién las toma, sino también del porqué se lo hace: todo
órgano del poder público tiene, no solo el deber de ceñir sus
actos a las competencias y procedimientos jurídicamente
establecidos (legitimidad formal), sino también el deber de
motivar dichos actos, es decir, de fundamentarlos
racionalmente (legitimidad material)” 1 .
- la garantía de la motivación –por sí sola– no
asegura a las personas que las decisiones de
las autoridades públicas cuenten con una
motivación correcta conforme al Derecho y
conforme a los hechos, sin ser suficiente
- De ahí que todo acto del poder público debe
contar con una motivación correcta, en el
sentido de que toda decisión de autoridad
debe basarse en: (i) una fundamentación
normativa correcta, entendida como la mejor
argumentación posible conforme al Derecho;
y, (ii) una fundamentación fáctica correcta,
entendida como la mejor argumentación
posible conforme a los hechos.
- La Disposición constitucional
prescribe que una resolución del
poder público “será nula” –es decir, la
autoridad competente deberá
invalidarla– “si en la resolución no se
enuncian las normas o principios
jurídicos en que se funda y no se
explica la pertinencia de su aplicación
a los antecedentes de hecho”.
- Derecho vulnerado el debido proceso