Con ella se autoriza hacer un gasto
reservando la totalidad/parte de un
crédito presupuestario.
Procedimiento
Centros gestores:preparan un EXPEDIENTE
y elaboran una propuesta de documento
"A".
La Intervención hace: una
FISCALIZACIÓN PREVIA y
CONTABILIZACIÓN del
DOC
El centro Gestor Autoriza
el Gasto y firma el
documento "A".
La Fiscalización previa.
La Intervención comprueba:
Que la Obligac, o gasto la aprueba el órg. competente.
Que el crédito al que se quiere imputar el gasto es adecuado.
Que existe remanente suficiente.
Si es un gasto plurianual, ver si se cumple art. 40 TRLGHP.
Que estén todos los informes preceptivos.
Intervención competente
La IG para expedientes
de gasto competencia del
C.G
Intervenciones delegadas de las
Consejerias, AA, ARES e
intervenciones provinciles
Para expedientes
de gastos de ámb.
territorial
incompatibles con
la IG
I.Deleg en las Consejeriás. para
Serv. CEntrales de las
Consejerías
I. Deleg. de las Agencias para AA y ARES
I. Provinciales y DElegación territorial de la
CHAP para Serv. Perifericos de la Consejeria:
Deleg del Gobierno, PRovinciales y
Territoriales.
IDlegada en la DGT para Expediente de
gastos como consecuencia de actos de
gestión de la DG con la Sección de
Deuda Pública.
Supuesto de exención de Fiscalización
Los gastos de caracter periodico y de tracto
sucesivo, una vez intervenido el gasto inicial.
Contratos menores de la TRLCSP.
Los gastos menores de 3.005,06€
que se hagan con Anticipo de
Caja Fija.
Gastos de honorario y compensación de las
personas y entidades que tengan la gestion
recaudatoria de ingresos cuando el importe se
calcule con los sitemas informaticos de gestion, liq y
recaudación.
Los gastos de depósitos previos
e indemnizaciones por rápida
ocupación.
Exclusiones por disposición reglamentaria
Gastos de Personal
Bienes corrientes y servicios.
Gastos de farmacia y prótesis
El Expediente de gastos tiene:
Resolución de inicio de expediente.
Memoria justificativa de la necesidad de gasto.
Informe y trámite.
Propuesta de acuerdo del CG, cuando sea de su
competencia.
Propuesta de documento contable "A".
Competencia para la autorización del gasto
Titulares de las Consejerías, art. 14 y
52 TRLGHP
Titulares de las Presidencias y Direcc.
Generales de las AA. art 15 y 52
El Consejo de Gobierno en estos casos:
En la concesion de
subvenciones cuando el
gasto sea mayor a
3.005.060,52€.
Contratos de pago por arrendamiento financiero o sistema de
arrendamiento con opción a compra y sea por mas de 4 años.
Expediente de gasto con
importe superior a 12
millones de €
Excepciones:
Expediente de
gasto para la
ejecución de
créditos de las
secciones:
32 a Coporaciones
Locales por
participación en los
Ingresos del Estado.
35
Participaciones
de las EELL en
los tributos de
la CCAA.
Transferencias
financiadas a favor
de las AA, ARES,
APES, SMSPA y
Univ. Pub.And.
Las destinadas a
operaciones financieras
de los fondos del art. 5.3
TRLGHP.
Disposición del Gasto:
es el acto por el que
se acuerda hacer un
gasto acordado por un
importe determinado.
art.73.3 TRLGHP.
Tiene relevancia frente a terceros.
vincula a la HP a hacer el gasto.
Procedimiento:
Los centros Gestores del Gasto hacen:
La propuesta de adjudicación,
de concesión y elaboración de
la Propuesta D-
el expediente de gasto contendrá:
Resolución con la propuesta de
adjudicación/concesión por el org.
competente
Los requisitos de la normativa aplicable a
cada gasto.
Acuerdo del CG cuando pertenezca.
Original del documento del documento A
Propuesta de documento D.
La Intervención Fiscaliza y contabiliza el documento D.
La Intervención comprueba:
Que el compromiso se adecua a los
términos de aprobación del gasto.
Que el procedimiento es el
legalmente establecido por la adq. del
compromiso.
Competencia del órgano que acuerda el compromiso.
Si se financia con FFEE que adecua a las condiciones.
La intervención
competente, la misma que
para Autorización.
Los centros gestores de nuevo:
Adjudica, concesiona y firma el doc. contable D.
Competencia para la disposición del gasto:
Personas titulares de las Consejerías. art. 14 y 51 TRLGHP.
Titulares de las Presidencias/Direcciones de las AA. art. 14 y 51 TRLGHP.
Reconocimiento de Obligaciones:
Se declara la existencia de un crédito exigible a la HP, de un gasto aprobado y comprometido.
Propuesta de Pago:
Acto por el que se
ingresa a la Tesorería el
pago de una obligación
reconocida y fiscalizada.
Se exige previamente la
acreditación documental de
la prestación o dcho del
acreedor conforme a los
acuerdos que se aprobaron
y comprometieron.
El Reconocimiento de Obligaciones y la Propuesta de Pago se realiza en unidad de acto:
se hace la fiscalización formal del pago.
El documento contable tiene las 2 fases O y P, se llama doc. OP
La Orden de Cierre de la
CHAP establece los
supuestos en los que se
pueden tramitar doc. en
fase O, sin fase P:
Expediente de pagos en moneda extrangera.
Expediente de pagos de reposición de sist. de anticipo de caja fija.
Gastos del complemento de productividad
Gastos de la sección 03 "Deuda Pública".
Y los que autorice IGJA.
Procedimeinto
Los centros gestores del gasto
formalizan el expediente justificativo y
elaboran propuesta de doc OP.
La intervención hace:
La fiscalización formal del pago.
La Intervención comprueba (art 25 RIJA):
Que la propuesta de pago
viene de un gasto fiscalizado
Acreditación de:
realización de obra.
realizacion del suministro
Prestación de servicio.
intervención competente
Intervenciones Delegadas en las Consejerias, AA e
Intervenciones Provinciales (para expedientes de
gasto de su ámbito territorial)
I. Delegadas de las Consejerías
Servicios centrales de las Consejerías.
I. Delegadas de las Agencias.
serv. centrales de las AA (y ARES).
I, Provinciales en Del. Territorial de la
CHAP y otras.
Serv. Perifericos de las
Consejerías. Delega. del Gobierno,
Provinciales y territoriales.
I. Dele. en la DGT
Exped. de gasto como consecuencia de actos
de gestión de la DG en la sección de Deuda
Publica.
contabiliza el documento OP
Lo envía al Servicio de Ordenación de Pagos de la Tesorería.
Competencia para el Reconocimiento de Obligaciones y Propuesta de Pago
Titulares de la sConsejerías
titulares de la Presidencia/Direcciones de las AA.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.