Los documentos y registros contables
asegurarán información completa,
guardarán sencillez y claridad y preverán
solo el número indispensable de copias; en
todo caso, guardarán conformidad con la
práctica contable de general aceptación.
Las unidades de contabilidad de las
entidades, organismos, fondos o proyectos
del Sector Publico, efectuarán el registro de
las operaciones financieras, inmediatamente
después de recibir la documentación de
respaldo correspondiente.
Mantenimiento de Documentos y Registros
Los documentos que contienen cifras, formularios y
registros del Sistema de Contabilidad en las instituciones
del Sector Público, se los mantendrá y conservará
debidamente ordenados, foliados y numerados, de modo
que permitan su clara e inmediata ubicación e
identificación, durante al menos 7 años
Los archivos de la documentación contable son
propiedad de cada ente financiero y no serán removidos
de las oficinas correspondientes, sino de acuerdo a
disposiciones legales o en base a órdenes legítimas de
autoridad competente