Arrendamiento

Beschreibung

Resumen de Arrendamiento
SARA LM
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SARA LM
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Zusammenfassung der Ressource

Arrendamiento
  1. Contrato donde una parte concede el goce de una cosa, ejecutar una obra o prestar un servicio, la otra parte paga por dicho goce en un precio determinado.
    1. El precio consiste en dinero o frutos de la cosa arrendada (fijando cantidad determinada o cuota de cosecha), el pago periódico se dice renta.
      1. El que da el goce es el arrendador y el que da el precio es arrendatario.
        1. Un bien embargado puede arrendarse con el permiso de un juez y el acreedor.
    2. Arrendador
      1. El arrendador debe: entregar al arrendatario la cosa arrendada, mantenerla en estado de servir para el fin que ha sido arrendada, librar al arrendatario de toda turbación o embarazo en el goce de la cosa.
        1. Si el arrendador no entrega la cosa, el arrendatario puede desistir con indemnización. La indemnización no se da si la imposibilidad era conocida por el arrendatario, o se fuerza mayor.
          1. Si el arrendador está en mora de entregar, el arrendatario puede ser indemnizado. Si se disminuye la utilidad del contrato el arrendatario puede desistir del contrato.
            1. Tiene la responsabilidad de mantener la cosa arrendada en buen estado, realizando las reparaciones necesarias; las locativas dependen del arrendatario a menos que provengan de fuerza mayor o caso fortuito o la mala calidad de la cosa arrendada.
              1. No puede sin consentimiento del arrendatario, mudar la cosa, hacer obras en ella o trabajos que turben el goce. Si son reparaciones que no pueden diferirse el arrendatario debe sufrirlas y se le rebajará el precio de renta.
                1. El arrendatario es perturbado en su goce por el arrendador debe ser indemnizado.
                  1. Si el arrendatario es perturbado por terceros, que no pretende derecho, este perseguirá la reparación del daño. Pero si el tercero, justifica derecho de la cosa, puede exigir disminución de renta por el tiempo restante.
                    1. Terminación por mal estado de cosa pues le impide al arrendatario hacer uso. Si el impedimento es parcial, el juez o prefecto, decide si se debe terminar el contrato o rebaja de renta.
                      1. El arrendatario tiene derecho a indemnización de vicio de la cosa si estaba antes del contrato. Si debía saber del vicio se incluye lucro cesante en indemnización.
                        1. El arrendador debe reembolsar las mejoras realizadas por el arrendatario si este avisó a tiempo.
                        2. Arrendatario
                          1. Debe utilizar la cosa según lo pactado y no a otros objetos no convenidos. El arrendador puede pedir indemnización.
                            1. El arrendatario debe conservar la cosa en buen cuidado.
                              1. El arrendatario debe responder por las reparaciones locativas, y aquellos deterioros que son por culpa del arrendatario.
                                1. Obligado a pagar la renta.
                                  1. Si hay disputa de precio, se fijará por medio de peritos cubiertos por ambas partes.
                                    1. La renta de predios urbanos se da mensual, la de predios rústicos por años. Si un mueble se arriende se paga según el tiempo de arrendamiento. Si es una sola suma se paga al finalizar el arrendamiento.
                                      1. La cesión o subarriendo no es válida a menos que sea concedido por el arrendador.
                                        1. Debe restituir la cosa al terminar contrato, en el estado en que fue entregada, considerando el deterioro ocasionado.
                                          1. En restitución se debe desocupar la cosa entregando las llaves.
                                          2. Urbano
                                            1. Tiene como fin arrendar una vivienda total o parcial.
                                              1. Puede ser verbal o escrito acordando: nombre y cc de contratantes, identificación de inmueble y lo que se arrienda, forma de pago y precio, duración de contrato, cargos de servicios público.
                                                1. Individual: grupo de personas o jurídica reciba inmueble. Mancomunado: dos o mas personas adquieren el inmueble y acuerdan pago. Compartido: Goce de parte del inmueble con otras personas. De pensión: un inmueble que no es independiente dura un año y se puede terminar antes (10 días).
                                                  1. es de un año el término si no se estipula.
                                                    1. El arrendatario no puede subarrendar sin el consentimiento del arrendador.
                                                    2. Comercial
                                                      1. Reparaciones a cargo del arrendatario. No es responsable de deterioros o mala calidad del edificio.
                                                        1. El inquilino debe conservar paredes, techos, pavimentos, reponer cristales rotos, puertas.
                                                          1. no es permitido el subarriendo sin el consentimiento del arrendador. El arrendador no es responsable de pérdidas de mercancía si no es su culpa.
                                                            1. El arrendatario tiene derecho a la renovación del contrato si ha cumplido dos años con este, a menos que: haya incumplido con los canon, el dueño o arrendador lo requiera para uso de vivienda o un negocio diferente bajo su nombre, y si se debe realizar cambios drásticos como demolición.
                                                            2. Civil
                                                              1. Se promete prestar un servicio por un salario. No se puede estipular para más de un año.
                                                                1. El criado no puede ser obligado a prestar servicio por más de cinco años. Se entenderá que es forzoso si no hay estipulación constante.
                                                                  1. La nodriza debe permanecer durante la lactancia forzosamente.
                                                                    1. Si el criado se retira sin causa grave debe pagar un mes del salario equivalente.
                                                                      1. Es causa grave todo vicio o acto que perjudique el servicio del criado. Así, como el mal tratamiento del amo. Las enfermedades contagiosas dan fin al contrato. si fallece el amo, subsiste el contrato con herederos.
                                                                      2. Bibliografía: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8738 Código civil colombiano
                                                                        1. Mejoras necesarias o locativas
                                                                          1. Son aquellas que se invierten en la cosa para su adecuada conservación o para que el inmueble se mantenga en buen estado de utilización. Generalmente son minúsculas y corren por cuenta del arrendatario.
                                                                          2. Mejoras Útiles
                                                                            1. Una vez llevadas a cabo en el inmueble, aumentan su valor económico. No se consideran necesarias. El arrendador no es obligado a reembolsar el costo de las mejoras útiles, en que no ha consentido con la expresa condición de abonarlas. Es decir que si el arrendatario no avisa de dichas mejoras el arrendador no debe devolver su costo.
                                                                            2. Mejoras Voluptuarias
                                                                              1. Aquellas que consisten en lujos innecesarios (como la instalación de un piso de marmol), y que no son reembolsables, salvo que hubiere mediado autorización expresa del propietario. Si no se acuerda, el arrendatario es el que asume el costo.
                                                                              Zusammenfassung anzeigen Zusammenfassung ausblenden

                                                                              ähnlicher Inhalt

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                                                                              Cefaleas
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                                                                              Alfredo E Fajard
                                                                              virus informatico
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                                                                              Mapa mental - Metodología de la investigación
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                                                                              How much do you know about Colombia?
                                                                              Ricky Rutledge