Zusammenfassung der Ressource
Derechos de las
Comunidades.
- ART 57.
- 1. Mantener; identidad, sentido de pertenencia,
tradiciones ancestrales y formas de
organización social.
- 2. No ser objeto de racismo, Ni
discriminación
- 7. Consulta previa, libre e informada, en un
plazo razonable, de planes y programas de
prospección, explotación y comercialización
de recursos no renovables en sus tierras.
- 4. Conservar la propiedad imprescriptible de sus tierras
comunitarias
- inalienables,
inembargables e
indivisibles.
- 11. No ser desplazados de sus tierras
ancestrales.
- 12. Mantener, proteger y desarrollar los conocimientos
colectivos; sus ciencias, tecnologías y saberes ancestrales
- 20. La limitación de las actividades
militares en sus territorios
- 19. Impulsar el uso de las vestimentas, los símbolos y los
emblemas que los identifiquen.
- 3. Reconocimiento, reparación y resarcimiento
a las colectividades afectadas por racismo,
xenofobia
- 14. Desarrollar, fortalecer
y potenciar el sistema
de educación
intercultural bilingüe
- 5. Mantener la posesión de las tierras y territorios
ancestrales y obtener su adjudicación gratuita.
- 6. Participar, uso, usufructo, administración y
conservación de los recursos naturales
renovables, encontrados en sus tierras
- 8. Conservar y promover sus prácticas de
manejo de la biodiversidad y de su entorno
natural.
- 9. Conservar y desarrollar sus propias formas de
convivencia y organización social, y de generación
y ejercicio de la autoridad
- 10. Crear, desarrollar, aplicar y practicar su derecho propio o
consuetudinario, que no podrá vulnerar derechos
constitucionales, en particular de las mujeres, niñas, niños y
adolescentes.
- 15. Construir y mantener organizaciones que los representen, en el marco del
respeto al pluralismo y a la diversidad cultural, política y organizativa.
- 16. Participar mediante sus representantes en los organismos
oficiales que determine la ley, en la definición de las políticas
públicas que les conciernan
- Derechos Colectivos:
- 13. Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y
preservar su patrimonio cultural e histórico como
parte indivisible del patrimonio del Ecuador.
- 17. Ser consultados antes de la adopción de una
medida legislativa que pueda afectar cualquiera de
sus derechos colectivos.
- 18. Mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la
cooperación con otros pueblos, en particular los que estén
divididos por fronteras internacionales.
- 21. La dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones,
historias y aspiraciones se reflejen en la educación pública y en
los medios de comunicación;