Zusammenfassung der Ressource
TIPOS DE LICENCIAS
DE SOFTWARE
- Software libre
- Software de fuente abierta
- sus términos de distribución cumplen los criterios de
- Estándar abierto
- Disponibilidad;
- Maximizar las opciones del usuario fina
- Sin tasas sobre la implementación
- Sin discriminación de implementador
- Permiso de extensión o restricción
- Evitar prácticas predatorias por fabricantes dominantes
- Distribución libre
- Inclusión del código fuente
- La licencia no debe ser específica para
un producto determinado
- La licencia debe ser
tecnológicamente neutral.
- Permitir modificaciones
y trabajos derivados en
las mismas condiciones
que el software origina
- Integridad del código fuente del autor
- pudiendo requerir
que los trabajos
derivados tengan
distinto nombre o
versión
- No discriminación a personas o grupos
- Sin uso restringido a campo de actividad
- Los derechos otorgados a un programa
serán válidos para todo el software
redistribuido sin imponer condiciones
complementarias
- La licencia no debe poner
restricciones a otro
producto que se
distribuya junto con el
software licenciado
- proporciona la libertad de Redistribuir copias
- Ejecutar el programa, para
cualquier propósito
- Estudiar el funcionamiento del
programa, y adaptarlo a sus
necesidades
- Redistribuir copias
- Mejorar el programa, y poner
sus mejoras a disposición del
público, para beneficio de toda
la comunidad
- Software de dominio público
- Software con copyleft
- software libre cuyos términos de
distribución no permiten a los
redistribuidores agregar ninguna
restricción adicional cuando lo
redistribuyen o modifican, o sea, la
versión modificada debe ser también libre
- Software semi libre:
- aquél que no es libre, pero
viene con autorización de
usar, copiar, distribuir y
modificar para particulares
sin fines de lucro
- Ejemplos, las primeras
versiones de Internet
Explorer de Microsoft, o
algunas versiones de
browsers de Netscape, y
StarOffice
- Freeware:
- se usa
comúnmente para
programas que
permiten la
redistribución pero
no la modificación
(y su código fuente
no está disponible)
- Ejemplos: Internet
Explorer, Adobe
Flash Player,
Windows Live
Messenger
- Shareware:
- software con
autorización de
redistribuir
copias, pero debe
pagarse cargo por
licencia de uso
continuado
- Software privativo
- aquél cuyo uso,
redistribución o
modificación están
prohibidos o
necesitan una
autorización
- Software comercial:
- el desarrollado
por una empresa
que pretende
ganar dinero por
su uso
- aquél que no está
protegido con
copyright
- LICENCIA LGPL
- Licencia Pública General Menor
- LGPL es una licencia de software
libre que no tiene un copyleft
fuerte, porque permite que el
software se enlace con módulos
no libres.
- LGPL permite que
los desarrolladores
utilicen programas
bajo la GPL o LGPL
sin estar obligados a
someter el
programa final bajo
dichas licencias
- LICENCIA BSD
- Licencia de Distribución de
Software de Berkeley
- Esta licencia permite el
uso del código fuente en
software no libre, con lo
que es muy similar a la
LGPL. La diferencia
consiste en que en la
licencia BSD no es
obligatorio mencionar a los
autores ni proporcionar el
código fuente.
- LICENCIA MPL
- es una licencia de código abierto y
sofware libre utilizada por el
navegador de Internet Mozilla y sus
productos derivados
- esta licencia es ampliamente
utilizada por desarrolladores y
programadores que quieren
liberar su código
- Licencia Pública de Mozilla
- LICENCIA NPL
- Licencia Pública de Netscape
- Netscape podrá utilizar este código
fuente sin importar si el desarrollador lo
estableció de tipo privativo. En
contrapartida, la licencia NPL no permite
al desarrollador hacer uso del código
fuente Netscape.
- NPL está basada en la
Licencia Pública de Mozilla
- Software Propietario
- El Software propietario es aquel cuya copia,
redistribución o modificación están, en alguna
medida, prohibidos por su propietario. Para usar,
copiar o redistribuir, se debe solicitar permiso al
propietario o pagar.
- Software Comercial
- El Software comercial es el software
desarrollado por una empresa con el
objetivo de lucrar con su utilización.
Nótese que "comercial" y "propietario"
no son lo mismo. La mayor parte del
software comercial es propietario,
pero existe software libre que es
comercial, y existe software no-libre
que no es comercial.
- Licencia
Apache
- Es una descendiente de la
licencia BSD. Permite al
desarrollador hacer lo que
desee con el código fuent,
incluso productos
propietarios, sin entregar
el código fuente. La única
restricción es que se
reconozcas el trabajo del
desarrollador
- Licencia
de JAVA
- Es una licencia particular con
características muy
especiales dirigidas a la
protección del lenguaje de
programación JAVA de SUN
Microsystems. Pone énfasis
en evitar que aparezcan
extensiones incompatibles
con el lenguaje JAVA
- Licencia
CDDL
- Licencia de
Distribución y
Desarrollo
Común
- a licencia CDDL está basada en
la MPL, y por tanto es muy
similar en sus términos a la
LGPL, permitiendo compartir el
código utilizado por el programa
con otros de diferente
procedencia y guardarse para el
autor la libertad de publicar o
no los resultados.
- Licencia
Creative
Commons
- Es una licencia de reciente
creación, dirigida básicamente
para trabajos multimedia. No
permite la alteración del
producto original, ni tampoco su
comercialización. Sólo permite su
reproducción tal cual,
mencionando al autor
- Licencia de
Guile
- Basada en la licencia
GPL más una
declaración especial que
permite enlazar con
software no libre. Por
tanto, no tiene un
copyleft fuerte, pero es
compatible con la GPL
- LICENCIA GPL
- fue creada para
mantener la libertad
del software y evitar
que alguien quisiera
apropiarse de la
autoría intelectual de
un determinado
programa
- La licencia advierte que el
software debe ser gratuito y
que el paquete final,
también debe ser gratuito,
asegurándose siempre de
mantener los nombres y
créditos de los autores
originales.
- Licencia Pública General
- OTRAS LICENCIAS DE
SOFTWARE PERMISIVAS
COMPATIBLES CON GPL
- X11 / MIT
- Expat / MI
- Copyright ML Estándar de New Jersey
- General de Cryptix
- ZLib
- Biblioteca de Funciones Estándar de iMatix
- Software del W3C
- OpenLDAP
- Pitón
- Perl
- Zope
- Código Abierto de Intel
- Javascript de Netscape
- eCos
- Forum Eiffel
- Vim
- problemas jurídicos
- PIRATERIA
- Uso ilegal de software
- cualquiera que copie o utilice
ilegalmente un programa de
computador, podrá ser
demandado civil o penalmente.
- La Ley 44 de 1993 especifica
penas entre dos y cinco años de
cárce
- Se considera delito el uso o
reproducción de un programa de
computador de manera diferente a
como está estipulado en la licencia
- Lo que significa que quien sea
encontrado usando, distribuyendo o
copiando software sin licencia deberá
estar en la cárcel hasta por un período
de 5 años
- FORMAS DE PIRATERÍA
- usuario final
- la forma más común de la
piratería, el usuario final o la
organización copian el
software en más equipos de
los que el acuerdo de la
licencia permite (por defecto
cada máquina que utiliza el
software debe tener su propia
licencia)
- carga de disco duro
- los distribuidores de equipos
informáticos cargan
previamente software sin
licencia en los equipos y no
suministran a sus clientes las
licencias necesarias
- Piratería de
falsificación y de
CD-ROM
- los vendedores
ilegales, que con
frecuencia se organizan
en redes delictivas,
transmiten software
falso como si fuera
auténtico, intentando
emular el embalaje del
producto con el nombre
de la empresa y las
marcas comerciales
propietarias
- Piratería por Internet
- se trata de cualquier
tipo de piratería que
implique la distribución
electrónica no
autorizada o la
descarga desde Internet
de programas de
software con copyright
- La piratería de software es un delito
consistente en la copia reproducción
total o parcial de un programa
informático por cualquiera de los
medios hoy existentes, como la
Internet, CD ROM y discos
magnéticos con el fin de distribuirlos
al publico sin autorización ni licencia
del titular del derecho, escapando al
control legal y a la competencia legal.