Zusammenfassung der Ressource
Causal de Divorcio N° 1. Art. 154
- El numeral uno nos establece: Son causales de divorcio: las
relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los conyuges.
- Disposición anterior: Salvo que el demandante las haya consentido, facilitado o
perdonado. (inciso declarado inexequible mediante Sentencia C-660/2000)
- La Corte consideró que la decisión íntima de perdonar la infidelidad, no puede derivarse en la
perdida del derecho a intentar la reestabilización de su vida mediante la declaración de divorcio,
además, la decisión de perdonar no implica necesariamente la decisión de mantener vida en común.
- inciso declarado exequible mediante
Sentencia C-821/2005
- La Corte consideró, que la infidelidad es causal de
deterioro tanto del matrimonio, como de la inestabilidad
familiar, por lo que dicha disposición se ajusta a la
Constitución y protege derechos del conyuge afectado
- Conflicto probatorio
- Preconstituir la prueba es sumamente difícil, por su carácter tremendamente recóndito
e íntimo, por lo que aportar pruebas fehacientes de tal situación sería violatorio de
derechos fundamentales, en consecuencia, inadmisibles para un tribunal judicial.
- En la práctica
- "Esta causal puede acudir a la utilización de indicios que conduzcan
al juzgador a presumirlas con claridad" (Barrozo, 2009, p. 16)