Zusammenfassung der Ressource
Modelo de Atención
Integral de Salud - MAIS
- Definición del MAIS
- El Modelo de Atención Integral de
Salud Familiar, Comunitario e
Intercultural es el conjunto de
estrategias, normas, procedimientos,
herramientas y recursos que al
complementarse, organiza el Sistema
Nacional de Salud para responder a
las necesidades de salud de las
personas, las familias y la comunidad,
permitiendo la integralidad en los
niveles de atención en la red de salud.
- Objetivo del MAIS
- Integrar y consolidar la estrategia de Atención Primaria de Salud Renovada en los
tres niveles de atención, reorientando los servicios de salud hacia la promoción de la
salud y prevención de la enfermedad, fortalecer el proceso de la recuperación,
rehabilitación de la salud y cuidados paliativos para brindar una atención integral,
de calidad y de profundo respeto a las personas en su diversidad y su entorno, con
énfasis en la participación organizada de los sujetos sociales.
- Principios del MAIS
- Que la expresión médico-paciente que reflejaba la relación entre la
comunidad y la institución en el anterior modelo, se cambia a la relación
equipo de salud-persona sujeto de derechos o ciudadano.
- Eficiente, eficaz y de calidad: Optimización y uso racional de los recursos,
orientados a la satisfacción de las necesidades de las personas, principalmente de
los grupos poblacionales más desprotegidos o en situación de riesgo.
- Desconcentrado: Transferencia de competencias de una entidad
administrativa del nivel nacional a otra jerárquicamente dependiente.
- Participativo: Generando mecanismos que contribuyan a la participación activa de las
personas y los colectivos en la toma de decisiones sobre las prioridades de intervención.
- Continuidad: Es el seguimiento al estado de salud de las personas; las familias, el
control de los riesgos y factores determinantes para la salud y su entorno.
- Equidad: Eliminación de diferencias injustas en el estado de salud; acceso a la atención de la salud y
ambientes saludables; trato equitativo en el sistema de salud y en otros servicios sociales.
- Integralidad: desde una visión multidimensional y biopsicosocial de la salud
individual y colectiva, actuando sobre los riesgos y condiciones que afectan la salud.
- Universalidad: es la garantía de acceso a iguales oportunidades para el cuidado y atención integral
de salud de toda la población que habita en el territorio nacional independientemente de la
nacionalidad, etnia, lugar de residencia, sexo, nivel de educación, ocupación, ingresos.
- Garantía de los derechos de las y los ciudadanos y la corresponsabilidad en el
cumplimiento de los deberes hacia los otros, sus comunidades y la sociedad.
- Marco legal y normativo del MAIS
- Constitución de la
República del Ecuador
- La Constitución aprobada en el 2008
constituye el marco normativo que
rige la organización y vida democrática
del país, representa un nuevo pacto
social para la garantía y ejercicio de los
derechos y responsabilidades en
función del logro del Buen Vivir, el
Sumak Kawsay.
- Cap. II Sección 7 Art. 32
- “DERECHOS DEL BUEN VIVIR” La salud es un derecho que garantiza el Estado.
- Cap. III Art. 35
- Define las personas y grupos de atención prioritaria y establece
que la responsabilidad del ámbito público y privado.
- Art. 66
- Se reconoce y garantizará a las personas: El derecho a tomar decisiones.
- Art. 361
- Señala que el Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad sanitaria nacional.
- Art. 18
- Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información
veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural.
- El Plan Nacional
para el Buen
Vivir 2009 - 2013
- El Plan Nacional para el Buen
Vivir, en concordancia con
los mandatos
constitucionales define
objetivos, políticas y metas
prioritarias que en salud se
puede resaltar los siguientes.
- Objetivo 1
- “Auspiciar la igualdad, la
cohesión y la integración
social y territorial en la
diversidad"
- Objetivo 2
- Mejorar las capacidades y potencialidades
de la población, en el que la salud y la
nutrición.
- Objetivo 3
- “Aumentar la esperanza y calidad de vida de la población”
- Objetivo 4
- Garantizar los derechos de la naturaleza y
promover un ambiente sano y sustentable.
- Ley Orgánica
de Salud
- Art. 6
- Diseñar e implementar
programas de atención
integral y de calidad a
las personas.
- Art. 10
- Quienes forman parte
del Sistema Nacional
de Salud aplicarán las
políticas, programas y
normas de atención
integral y de calidad.
- Art. 69
- La atención integral y el
control de enfermedades no
transmisibles, crónico.
- La Agenda Social
2009 – 2011
(MCDS, 2009
- Garantizar la atención
integral de salud
gratuita y oportuna
para los usuarios en
cada ciclo de vida.
- Fortalecer la
prevención, el
control y la vigilancia
de la enfermedad.
- Fomentar entornos
saludables, promoviendo
prácticas de vida
saludable en la población.
- Objetivos de
Desarrollo del
Milenio
- Objetivo 4: Reducir la
mortalidad en los niños
menores de cinco años.
- Objetivo 5: Mejorar la
Salud Materna: la meta es
reducir un 75% la tasa de
mortalidad materna.
- Objetivo 6: Combatir el
VIH/SIDA, el paludismo y
otras enfermedades.
- Visión y Misión del Ministerio
de Salud Pública del Ecuador
- Su MISION es: “Ejercer la Rectoría del Sistema
Nacional de Salud a fin de garantizar el
derecho a la salud del pueblo ecuatoriano,
por medio de la promoción y protección de la
salud, de la seguridad alimentaria, de la salud
ambiental y del acceso permanente e
ininterrumpido a servicios de salud,
conforme a los principios de equidad,
universalidad, solidaridad, calidad y
eficiencia.
- Su VISIÓN “Para el año 2020 el Ministerio de
Salud Pública del Ecuador, ejerce la Rectoría del
Sistema Nacional de Salud, modelo referencial
en Latinoamérica, que garantiza la salud
integral de la población y el acceso universal a
una red de servicios con la participación
coordinada de Organizaciones públicas,
privadas y de la comunidad”.
- Componentes
del MAIS
- Grupos de
población
- Individuos y familias
considerando las
necesidades de
acuerdo al ciclo vital.
- Grupos prioritarios
establecidos en la
Constitución de la
República.
- Grupos expuestos a
condiciones específicas
de riesgo laboral,
ambiental y social.
- Ciclo de Vida
- Niñez 0 a 9 años
- Adolescencia
10 a 19 años
- Adultos/as
- Adulto joven:
20 a 39 años
- Adulto 40 a 64
- Adulto/a
mayor
- Más de 65 años
- Escenarios
de atención
- Atención Individual
- Reconociendo el carácter
multidimensional de la persona,
cuyo desarrollo y necesidades de
salud no se relacionan solamente
con las condiciones biológicas sino
que se enmarcan en un complejo
sistema de relaciones biológicas,
emocionales, espirituales, sociales,
culturales, ambientales.
- Atención Familiar
- La familia constituye un espacio
privilegiado para el cuidado de la
salud o puede constituirse por
cualquier tipo de disfuncionalidad
en un espacio productor de riesgos
y enfermedad para sus miembros.
- Atención a la Comunidad
- La comunidad es el
escenario inmediato donde
se desarrolla la vida de las
personas y las familia.
- Atención al ambiente o
entorno natural
- La provisión de servicios debe
incorporar también estrategias
y acciones orientadas al
cuidado ambiental como uno
de los determinantes más
importantes de la salud.
- Modalidades
de atención
- Atención extramural
o comunitaria
- El objetivo es el Cuidado de la
Salud a través de medidas que
se orienten a la identificación y
control de riesgos a nivel
individual, familiar,
comunitario y del entorno.
- Atención intramural o en
un establecimiento de salud
- La atención intramural es la
que se brinda en la unidad de
salud implementando el
conjunto de prestaciones por
ciclos de vida.
- Atención en
establecimientos
móviles de salud
- Los Establecimientos Móviles
de Salud forman parte de una
estrategia de prestación
puntual y ambulatoria de
servicios de salud.
- Atención Prehospitalaria
- Se define como un servicio
operacional y de coordinación
para los problemas médicos
urgentes y que comprende
todos los servicios de
salvamento, atención médica.
- Niveles de
atención
- El Primer Nivel de atención, por su
contacto directo con la
comunidad debe cubrir a toda la
población, este nivel debe
resolver las necesidades básicas.
- El Segundo Nivel de Atención
comprende todas las acciones y
servicios de atención ambulatoria
especializada y aquellas que
requieran hospitalización.
- El Tercer Nivel de Atención Corresponde a
los establecimientos que prestan
servicios ambulatorios y hospitalarios de
especialidad y especializados, los centros
hospitalarios son de referencia nacional.
- El Cuarto Nivel de atención es el
que concentra la
experimentación clínica,
preregistro o de procedimientos.
- El nivel de Atención Prehospitalaria
Es el nivel de atención autónomo e
independiente de los servicios de
salud, que oferta atención desde
que se comunica un evento que
amenaza la salud.
- Campo de acción de
los Equipos de salud
- NIVEL EPIDEMIOLOGICO: Permite construir la base del perfil epidemiológico como herramienta fundamental, para
mantener la salud mediante acciones dirigidas a grupos desagregados por género, etnia y por ciclo de vida.
- NIVEL DE ENFERMEDAD: Identifica quién requiere de atención y oportunamente decidir la acción
inmediata a realizar: la cual puede ser atenderlo o referirlo a otro nivel.
- NIVEL FAMILIAR Y COMUNITARIO: Explora, identifica y reconoce las inequidades y las desigualdades diferenciales por
factores étnicos, culturales, de género y socioeconómicos que inciden en los patrones de enfermedad.
- NIVEL SOCIAL: Contribuye al desarrollo social de la localidad promoviendo familias sanas que participen activamente en la
construcción y conservación de espacios saludables impulsando la solidaridad entre los miembros de la sociedad.
- Equipo de atención de
Salud- sectorización
geo-poblacional
- La Dirección de Distrito
conjuntamente con la
unidad de conducción del
distrito, serán quienes
conformen y designen los
Equipos de Atención
Integral de Salud.
- Los criterios para la conformación
de los EAIS son: un número de
población y familias y acceso
geográfico, cultural y social.
- Estos equipos estarán constituidos
por: médico/a general o especialista
en medicina familiar y comunitaria;
enfermero/a y técnico de atención
primaria de salud de acuerdo a los
siguientes estándares:
- A nivel urbano: 1 médico/a y 1 enfermera/a
y 1 TAPS por cada 4000 habitantes
- A nivel rural: 1 médico/a y 1 enfermera/a y
1 TAPS por cada 1500 a 2500 habitantes
- RIPS
- La Red Pública Integral de
Salud (RIPS) está conformada
por las unidades de salud del
MSP, IESS, ISSFA, ISSPOL.
- Amparados en el Convenio Marco
Interinstitucional y los
establecimientos de salud privados
que son complementarios a la Red
Pública, y que conforman una Red
Integrada de Servicios de Salud.
- Red Pública
- La Red Pública Integral de Salud es la
integración de dichas instituciones
públicas que brindan servicios de salud en
todos los niveles, de manera oportuna y
con calidad a los ecuatorianos.
- Red complementaria
- La Red Privada Complementaria esta
conformada por entidades o establecimientos
de salud que prestan sus servicios de forma
privada y que tiene fines de lucro.