Zusammenfassung der Ressource
REGISTRO TRIBUTARIO UNIFICADO (RTU)
- ¿QUÉ ES EL REGISTRO TRIBUTARIO UNIFICADO (RTU)? Se establece el
Registro Tributario Unificado, en donde se inscribirán todas las personas
naturales o jurídicas que estén afectas a cualquiera de los impuestos
vigentes o que se establezcan en lo futuro. Art. 1. Decreto 25-71
- REGISTRO DEL CONTRIBUYENTE EN EL RTU: A cada persona o
entidad que se inscriba en el Registro Tributario Unificado: Le
es asignado un Número de Identificación Tributaria (NIT)
- RTU DIGITAL CARACTERÍSTICAS: 1.MMedidas de seguridad para
dar mayor certeza y resguardo a la información de los
contribuyentes. 2.Permite al contribuyente dar seguimiento de
manera transparente a sus gestiones. 3.Fortalece la gestión
institucional a través de la innovación y el uso de la tecnología.
- QUIENES PUEDEN INSCRIBIRSE ANTE LA SAT: Todos los
contribuyentes y responsables están obligados a
inscribirse en la Administración Tributaria, antes de
iniciar actividades afectas. (Art. 120 Código Tributario)
- AL INSCRIBIRSE EN LA SAT DEBEN PAGAR
IMPUESTOS: 1. NIT ADMINISTRATIVO: estudiantes,
amas de casa, jubilados y otros; 2. NIT CON
OBLIGACIONES: Actividad afecta a impuestos
- REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN ANTE LA SAT (REQUISITOS
SOLICITUD DE NIT PERSONA INDIVIDUAL): 1. Ser mayor de edad
(DPI) 2. Recibo (agua, luz, teléfono, celular, IUSI) 3. Documento
emitod por la Municipalidad
- PROCESO PARA SOLICITAR NIT: 1. Iniciar
solicitud electónica 2. Registrar correo 3.
Completar formulario electrónico 4. Aprobación
5. Finalizar solicitud ante oficinas SAT
- FORMULARIO DE SOLICITUD ELECTRONICA DE NIT ADMINISTRATIVO:
1. Datos de identificación 2. Actividad económica 3. Ubicaciones 4.
Establecimientos 5. Afiliaciones 6. Datos de contador 7. Datos de
representante legal
- ¿QUE INFORMACION SE DEBE INGRESAR EN EL FORMULARIO ELECTRONICO?
Todos los campos de llenado obligatorio
- ESTADO DE SOLICITUD DE NIT: Revisión de solicitud que puede:
Requerir corregir solicitud o se apruebe la solicitud
- FINALIZAR SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN SAT (SOLICITUD DE NIT):
1. Solicitar cita: www.portalsat.gob.gt 2. Registro de datos
biométricos, en una oficina SAT
- ¿QUE OBTENDRA AL FINALIZAR LA SOLICITUD? 1. Constancia de inscripción y
actualización de datos al RTU 2. Carné de Identificación Tributaria 3. Usuario
de Agencia Virtual activado
- ¿QUE SUCEDE SI OLIVIDO MI NIT? 1. https://portal.sat.gob.gt/portal/
2. Consulta CUI/NIT 3. Prueba que es Humano, seleccionando fotos
indicadas 4. Consultar con CUI 5. Aparece NIT
- OBLIGACIONES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES: 1. Actualizar Datos:
cuando se modifiquen los datos de inscripción (30 días después de
ocurrido el cambio) 2. Ratificación de Datos (Anualmente): 1. Persona
Indiviual (fecha de nacimiento) 2. Prsona Jurídica (fecha de constitución)
Art. 120 Código Tributario
- ACTUALIZACION Y RATIFICACION DE DATOS:
1. Agencia Virtual 2. Servicios 3. RTU 4.
Actualización de datos
- CESE DE ACTIVIDADES POR PRESCIRPCION: 1. Disponible desde la Agencia Virtual Proceso habilitado para
Persona Individual 2. El establecimiento a cancelar no debe contar con facturas emitidas, libros
autorizados, declaraciones del impuesto, durante los últimos 3. Gestión completamente en línea
- ACTUALIZACION Y RATIFICACION DE DATOS: 1. Agencia Virtual 2. Servicios 3. RTU 4. Cese prescrito