Zusammenfassung der Ressource
Autonomía de la voluntad
- ESTADO
- Colombia ha tenido varias dispociciones
positivas societarias que fueron
recogidas por el decreto 427 de 1971,
actual Código de comercio,
posteriormente afectado por la Ley 222
de 1995 y el Decreto 4463 de 2006
- En esta evolución normativa se ha mantenido la apreciación de la sociedad como un contrato, es decir,
como un acuerdo en el que dos o más personas manifiestan su voluntad de asociarse y para ello se
regulan por las reglas internas de operación e interrelación.
- Contratos
- Lo pactado es ley para las
partes,
- Debe haber
consentimiento de los
otorgantes
- Autonomía de la voluntad como marco para
definir las condiciones en que las personas
quieren interactuar dentro del pacto
redactado, siendo entonces una fuente de
derechos y obligaciones del derecho privado
- Campos fundamentales en los que tiene vigencia
- Libre decisión de contratar
- No es un principio absoluto, tiene excepciones previstas en
la ley y otras que se desprenden de las circunstancias o de las
situaciones de hecho
- Libre escogencia del cocotratante
- la Ley 80 de 1.993 dice que la selección de los contratistas
se haga mediante el procedimiento riguroso de la licitación
y mediante la aplicación de criterios objetivos, prohibiendo
cualquier factor subjetivo, o de capricho o preferencia.
- Libertad de escoger el tipo de
contrato que se quiere celebrar
- Determinar libremente el contrato que deseen celebrar para atender sus
necesidades e intereses. Pueden pactar cualquier contrato típico
- Libertad para determinar
el contenido del contrato
- Las partes de un contrato
de derecho privado habrán
de acordar los términos y
condiciones de su negocio,
los elementos esenciales de
su operación y también
pactar, dentro de los límites
que les permite la ley, el
régimen de responsabilidad
a que quieren someterse
- PARTICULARES
- Autonomía contractual
- Contratos
- Atipicos
- Leasing
- No están regulados por las normas del código de comercio
- Financiero
- Una compañìa de financiamiento
entrega a una persona un activo
productivo a cambio de dinero.
- Operativo
- Una persona entrega a otra un bien para su
uso y esta le da a cambio una renta
periòdica ( arrendamiento)
- Factoring
- Conjunto de servicios prestados por
una sociedad especializada a las
personas o instituciones que deseen
confiarle la gestión de sus créditos y,
eventualmente, obtener una nueva
forma de crédito a corto plazo
- Según el contenido
- Con financiación
- Sin financiación
- Según su ejecución
- Con notificación
- Sin notificación
- Según el ámbito territorial
- Domestico
- internacional
- De importación
- Franquicia
- Una persona permite que otra persona
comercialice el producto o servicio de su
empresa, siempre y cuando mantenga la
calidad, precios y demás aspectos que lo
caracterizan
- Piloto
- Existe una empresa intermediaria entre las dos personas
- Directa
- Se relacionan directamente las dos personas
- Tecnológica
- El franquiciado puede desarrollar su propia tecnologia
- Underwriting
- Compra de una emisión de títulos valores a un precio fijo
garantizado con el propósito de vender esta emisión entre
el público
- En firme
- Se adquiere la totalidad, con el fin
de colocarlo en el público con el
precio establecido y una fecha
determinada
- Garantía de suscripción
- Se coloca la emisión en el público inversionista,
dentro de un plazo determinado, con el compromiso
de adquirir el remanente colocado en dicho plazo
- Al mejor esfuerzo
- Se procura de
colocar un precio
fijo y en un tiempo
determinado
- Todo o nada
- Se vende la emisión solo si se
logra su total colocación en el
plazo determinado
- No tiene normatividad, se rige de las
normas que aplican en general a los
contratos, se aplica especialmente el
principio de la autonomía de la
voluntad, la cual permite que las
partes pacten sus acuerdos en el
marco de lo legal.
- Típicos
- Esta regulado por las leyes
- Compra- venta
- Permuta
- Arrendamiento
- De sociedad
- Donación
- Mandato
- Préstamo
- Depósito
- Fincas rústicas,
viviendas
- El articulo 864 del Código de Comercio
dice que "El contrato es un acuerdo de
dos o más partes para constituir,
regular o extinguir entre ellas una
relación jurídica patrimonial"
- En el artículo 1495 del Código Civil dice:
"Contrato o convención es un acto por el
cual una parte se obliga para con otra a
dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada
parte puede ser de una o de muchas
personas."
- Libertad que tienen los
particulares para hacer
contratos y determinar
cual sera su contenido y
que efectos tendran
- Aquella potestad que tiene el ser
humano para autorregularse, y ser
soberano en sus propias decisiones
en general.
- Poder que el ordenamiento
jurídico confiere al individuo
para gobernar su propia esfera
jurídica
- Se considera como una manifestación de la libertad del
individuo,es decir la posibilidad que tienen las personas de
regular libremente sus intereses, ejercitar los derechos
subjetivos de los cuales son titulares y concertar negocios
jurídicos.
- Los ciudadanos gozamos de una variedad de disposiciones que
nos posibilitan realizar distintas actividades y cumplir así con los
fines económicos y de desarrollo nacional prescritos en nuestra
Constitución Política
- Bibliografía
- Avila,M. (2012). Revista de derecho privado. No 48. Transición a
un derecho en el que prima la autonomía de la voluntad.
- Suescun, J. (2010). La aplicación del postulado de la autonomía de la voluntad en la contratación de las
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- Bonivento, P. (2000). La autonomía privada de la voluntad frente a los contratos de
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- http://www.derecho.uba.ar/revistagioja/articulos/R0003A002_0005_miscelanea.pdf
- Duran, E. (2004). El contrato de leasing financiero en Colombia. (
Momografía). Pontificia universidad javeriana, Bogotá-
- CODIGO CIVIL del Estado de Colombia. Bogotá: Legis editores S.A. 2014. [Articulo 1495]
- CODIGO DE COMERCIO . Bogotá: Legis editores S.A. 2014. [Articulo 864]