Zusammenfassung der Ressource
APLICACIÓN DEL
DERECHO EXTRANJERO
- OBJETO D.E
- El objeto del Derecho
Internacional Privado es la
relación jurídica internacional
caracterizada por la presencia
de un elemento extranjero
- NATURALEZA D.E
- Teorías normativistas o jurídicas
- se debe aplicar
como derecho y
como extranjero
(tesis o teoría de la
extranjería del
Derecho extranjero)
- para su aplicación
extraterritorial, acudir a
los recursos de
incorporación, apropiación
o nacionalización del
Derecho extranjero al
Derecho nacional
- Teorías realistas
- resultado de la
extraterritorialidad, y que
tiene la virtualidad de
transformar lo que es derecho
en hecho al trasponerse las
fronteras de los Estados
- TRATAMIENTO PROCESAL
- Aplicación a
instancia de
parte interesada
- los Estados no se encuentran
obligados a aplicar las leyes
extranjeras, y si deciden hacerlo es
en virtud de la cortesía
internacional y la recíproca utilidad
- la ley extranjera
es un hecho que
debe ser invocado
y probado por las
partes
- aplicación de
oficio
- cuando el Código impone la
aplicación del derecho extranjero,
ésta debe serlo de oficio, y cuando
la "autoriza" deberá alegarse y
probarse
- Tratados de Montevideo
de 1889 y 1940. Protocolo
Adicional
- las leyes de los Estados contratantes, en lo que
respecta a su aplicación, "será hecha de oficio
por el juez de la causa, sin perjuicio de que las
partes puedan alegar y probar la existencia y
contenido de la ley invocada
- Código de Bustamante
- Los jueces y tribunales de cada Estado
contratante aplicarán de oficio, cuando
proceda, las leyes de los demás, sin
perjuicio de los medios probatorios a que
este capítulo se refiere