Zusammenfassung der Ressource
Revisión de gabinete
- La solicitud se le notificará al contribuyente por medio
del buzón tributario, personalmente o por correos
certificados.
- Si no hubiere observaciones, la autoridad comunicará al
contribuyente mediante oficio, la conclusión de la
revisión
- Las autoridades formularán un oficio de observaciones
donde se constarán los hechos u omisiones conocidos
- El contribuyente constará con un plazo de 20 días para defenderse u
optar por corregir su situación fiscal
- Si el contribuyente no corrige su situación fiscal o no se defiende, se emitirá la resolución que determine las
contribuciones omitidas, la cual se notificará al contribuyente por medio del buzón tributario, personalmente o por
correos certificados
- Si se trata de más de un
ejercicio a revisar, el plazo
puede ampliarse por 15 días
más
- En la solicitud se
indicará:
- Informes, libros o documentos
requeridos
- Lugar y plazo para proporcionar los informes o
documentos