MINISTERIO DE CULTURA

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TRABAJO DE LEGISLACION N1 INTENSIVO JUNIO 2022
Raúl Espiña
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Raúl Espiña
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MINISTERIO DE CULTURA

Anmerkungen:

  • El Ministerio de Cultura y Deporte es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de: a) La propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de la cultura española, el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura. b) La propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de deporte. Asimismo y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, le corresponden también a este Departamento las relaciones internacionales en materia de deporte. Presupuesto: 1.496.124.150 €
  • El Ministerio de Cultura y Deporte es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de: a) La propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de la cultura española, el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura. b) La propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de deporte. Asimismo y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, le corresponden también a este Departamento las relaciones internacionales en materia de deporte. Presupuesto: 1.496.124.150 €
  • Funciones: El Ministerio de Cultura y Deporte es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de: a) La propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de la cultura española, el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura. b) La propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de deporte. Asimismo y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, le corresponden también a este Departamento las relaciones internacionales en materia de deporte. Presupuesto: 1.496.124.150 € (https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/Presup/PGE2022Ley/MaestroDocumentos/PGE-ROM/doc/1/3/23/2/2/N_22_E_R_31_124_1_1_2_3.PDF)
  1. GABINETE DEL MINISTRO
    1. CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES (CSD)

      Anmerkungen:

      • CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES. El Consejo Superior de Deportes (CSD) es un organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través del cual se ejerce la actuación de la Administración del Estado en el ámbito del deporte. Este órgano se regula en la Ley 10/1990 del Deporte y el Real Decreto 1823/2011, sobre estructura orgánica y funciones del CSD.
      • Competencias Son competencias del Consejo Superior de Deportes: Autorizar y revocar de forma motivada la constitución y aprobar los estatutos y reglamentos de las Federaciones Deportivas Españolas. Reconocer, a los efectos de esta Ley la existencia de una modalidad deportiva. Acordar, con las Federaciones Deportivas Españolas sus objetivos, programas deportivos, en especial los del deporte de alto nivel, presupuestos y estructuras orgánicas y funcional de aquéllas, suscribiendo al efecto los correspondientes convenios. Tales convenios tendrán naturaleza jurídico­administrativa. Conceder las subvenciones económicas que procedan a las Federaciones Deportivas y demás Entidades y Asociaciones Deportivas, inspeccionando y comprobando la adecuación de las mismas al cumplimiento de los fines previstos en la presente Ley. Calificar las competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal. Promover e impulsar la investigación científica en materia deportiva de conformidad con los criterios establecidos en la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Promover e impulsar medidas de prevención, control y represión del uso de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios, destinados a aumentar artificialmente la capacidad física de los deportistas o a modificar los resultados de las competiciones. Actuar en coordinación con las Comunidades Autónomas respecto de la actividad deportiva general y cooperar con las mismas en el desarrollo de las competencias que tienen atribuidas en sus respectivos estatutos Autorizar o denegar, previa conformidad del Ministerio de Asuntos Exteriores, la celebración en territorio español de competiciones deportivas oficiales de carácter internacional, así como la participación de las selecciones españolas en las competiciones internacionales. Coordinar con las Comunidades Autónomas la programación del deporte escolar y universitario, cuando tenga proyección nacional e internacional. Elaborar y ejecutar, en colaboración con las Comunidades Autónomas y, en su caso, con las Entidades locales, los planes de construcción y mejora de instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alta competición, así como actualizar, en el ámbito de sus competencias, la normativa técnica existente sobre este tipo de instalaciones. Elaborar propuestas para el establecimiento de las enseñanzas mínimas de las titulaciones de técnicos deportivos especializados.Asimismo le corresponde colaborar en el establecimiento de los programas y planes de estudio relativos a dichas titulaciones, reconocer los centros autorizados para impartirlos e inspeccionar el desarrollo de los programas de formación en aquellas Comunidades Autónomas que no hayan asumido competencias en materia de educación. Autorizar los gastos plurianuales de las Federaciones Deportivas Españolas en los supuestos reglamentariamente previstos, determinar el destino del patrimonio neto de aquéllas en caso de disolución, controlar las subvenciones que les hubiera otorgado y autorizar el gravamen y enajenación de sus bienes inmuebles cuando éstos hayan sido financiados total o parcialmente con fondos públicos del Estado. Actualizar permanentemente el censo de instalaciones deportivas en colaboración con las Comunidades Autónomas. Autorizar la inscripción de las Sociedades Anónimas Deportivas en el Registro de Asociaciones Deportivas, con independencia de su inscripción en los registros de las Comunidades Autónomas correspondientes. Autorizar la inscripción de las Federaciones Deportivas Españolas en las correspondientes Federaciones Deportivas de carácter internacional. Colaborar en materia de medio ambiente y defensa de la naturaleza con otros organismos públicos con competencias en ello y con las Federaciones especialmente relacionadas con aquéllos. Cualquier otra facultad atribuida legal o reglamentariamente que contribuya a la realización de los fines y objetivos señalados en la presente Ley.
      1. COMPOSICION

        Anmerkungen:

        • Equipo directivo PRESIDENTEJosé Manuel Franco PardoTfno.: 91 589 66 45       secretaria.presidencia@csd.gob.es DIRECTOR GENERAL DE DEPORTES:Albert Soler SiciliaTfno.: 91 589 66 40        dgdeportes@csd.gob.es DIRECTOR DEL GABINETE DEL PRESIDENTE:Juan María Fernández CarnicerTfno.: 91 589 66 51     gabinete@csd.gob.es ASESORA: Jennifer Pareja LisaldeTfno.: 91 589 66 22/ 24    asesores.gabinete@csd.gob.es ASESORA:Nerea Huete LizarazuTfno.: 91 589 69 84    asesores.gabinete@csd.gob.es ASESORA:Lucía Santiago LoiraTfno.: 91 589 66 21    asesores.gabinete@csd.gob.es OFICINA DE PRENSA:José Luis Bajo BenayasTfno.: 91 589 66 25    prensa@csd.gob.es SUBDIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTE PROFESIONAL Y CONTROL FINANCIERO:Lucía Muñoz-Repiso BlancoTfno.: 91 589 66 65    inspeccion@csd.gob.es SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ALTA COMPETICIÓN:Txus Mardaras ArrúeTfno.: 91 589 68 40    altacompeticion@csd.gob.es SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN E INNOVACIÓN DEPORTIVA:Aitor Canibe SánchezTfno.: 91 589 66 95     sgpromocionid@csd.gob.es SUBDIRECCIÓN GENERAL MUJER Y DEPORTE:Bárbara Fuertes GonzálezTfno.: 91 589 67 63    mujerydeporte@csd.gob.es SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL DEPORTE:Fernando Molinero RevertTfno.: 91 589 69 67    regimenjuridico@csd.gob.esSECRETARÍA GENERAL:Pablo Castillo GarcíaTfno.: 91 589 66 69   secretariageneral@csd.gob.esTwitterFacebookWhatsAppEmail
        1. COMO SE ELIGEN

          Anmerkungen:

          • Presidente MIGUEL CARDENAL. Con rango de Secretaria de Estado, es nombrada por el Consejo de Ministros. La Comisión Directiva: Integrada por representantes de la Administración del Estado, CC.AA., Entidades Locales, Federaciones Deportivas Españolas y personas de reconocido prestigio en el mundo del Deporte. Composición: a) Presidenta: La Secretaria de Estado-Presidenta del Consejo Superior de Deportes. b) Vicepresidente: El Director General de Deportes del Consejo Superior de Deportes. c) Vocales: - Cinco vocales en representación de la Administración del Estado, nombrados por el Presidente de entre cargos de la Administración del Estado, con un nivel mínimo de Subdirector General. - Cuatro vocales en representación de las Comunidades Autónomas, nombrados por el Presidente a propuesta de las mismas. - Tres vocales en representación de las Entidades Locales, nombrados por el Presidente de entre los propuestos por la Asociación de Entidades Locales de ámbito estatal. - Seis vocales en representación de las Federaciones Deportivas españolas, nombrados por el Presidente a propuesta de las mismas. - Cuatro vocales designados por el Presidente entre personas de reconocido prestigio en el mundo del deporte. De ellos, tres lo serán, uno a propuesta del Comité Olímpico Español, otro a propuesta de las ligas profesionales y otro a propuesta de las asociaciones deportivas profesionales.
          1. FUNCIONES

            Anmerkungen:

            • - Autorizar la constitución de las Federaciones Deportivas Españolas y aprobar sus estatutos y reglamentos. - Reconocer la existencia de una modalidad deportiva. Por ejemplo, el CSD tendría la competencia para reconocer a los e-Sports como deporte.  - Conceder subvenciones económicas a federaciones y entidades deportivas.  - Promover e impulsar medidas de prevención, control y sanción del dopaje.  - Autorizar la celebración en territorio español de competiciones deportivas internacionales.  - Elaborar y ejecutar los planes de construcción y mejora de las instalaciones deportivas, en colaboración con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.  - Administrar arbitraje en relación con las discrepancias que puedan suscitarse sobre la comercialización y explotación de los derechos audiovisuales en el mundo del fútbol.  - Velar por la efectiva aplicación de la Ley del Deporte
            1. COMO SE FINANCIA

              Anmerkungen:

              • Según la Ley del Deporte, los recursos del Consejo Superior de Deportes están constituidos, entre otros, por las consignaciones económicas incluidas en los Presupuestos Generales del Estado, los recursos procedentes de las Tasas y Precios Públicos, subvenciones, donaciones y premios, los frutos de sus bienes patrimoniales y los beneficios económicos derivados de sus actividades. En la práctica, la principal fuente de financiación para el CSD son los Presupuestos Generales del Estado, que le proporcionan cerca de 200 millones de euros cada año
              1. COMPETENCIAS

                Anmerkungen:

                • a) Autorizar y revocar de forma motivada la constitución y aprobar los estatutos y reglamentos de las Federaciones deportivas españolas. b) Reconocer, a los efectos de esta Ley, la existencia de una modalidad deportiva. d) Conceder las subvenciones económicas que procedan, a las Logo del CSD, Consejo Superior de Deportes CSD, Consejo Superior de Deportes Federaciones Deportivas y demás Entidades y Asociaciones Deportivas, inspeccionando y comprobando la adecuación de las mismas al cumplimiento de los fines previstos en la presente Ley. e) Calificar las competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal. h) Actuar en coordinación con las Comunidades Autónomas respecto de la actividad deportiva general, y cooperar con las mismas en el desarrollo de las competencias que tienen atribuidas en sus respectivos estatutos. k) Elaborar y ejecutar, en colaboración con las Comunidades Autónomas y, en su caso, con las Entidades Locales, los planes de construcción y mejora de instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alta competición, así como actualizar, en el ámbito de sus competencias, la normativa técnica existente sobre este tipo de instalaciones. m) Autorizar los gastos plurianuales de las Federaciones deportivas españolas en los supuestos reglamentariamente previstos, determinar el destino del patrimonio neto de aquéllas en caso de disolución, controlar las subvenciones que les hubiera otorgado y autorizar el gravamen y enajenación de sus bienes inmuebles, cuando éstos hayan sido financiados total o parcialmente con fondos públicos del Estado. p) Autorizar la inscripción de las Federaciones deportivas españolas en las correspondientes Federaciones deportivas de carácter internacional. r) Cualquier otra facultad atribuida legal o reglamentariamente que contribuya a la realización de los fines y objetivos señalados en la presente Ley.
              2. SUBSECRETARIA DE CULTURA Y DEPORTE
                1. SECRETARÍA GENERAL DE CULTURA Y DEPORTE
                  1. ORGANISMOS ADSCRITOS, COLEGIDOS, DEPENDIENTES O VINCULADOS
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