Zusammenfassung der Ressource
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
- El gasto público federal comprende las erogaciones por
concepto de gasto corriente, incluyendo los pagos de
pasivo de la deuda pública; inversión física; inversión
financiera; así como responsabilidad patrimonial; que
realizan los EJECUTORES DE GASTO
- EJECUTORES DE GASTO. El Poder Legislativo; El Poder
Judicial; LOS ENTES AUTÓNOMOS; Los tribunales
administrativos; La Presidencia de la República; Las
dependencias, y Las entidades
- ENTES AUTÖNOMOS. Las personas de derecho
público de carácter federal con autonomía en el
ejercicio de sus funciones y en su administración,
creadas por disposición expresa de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos a las que se asignen recursos del
Presupuesto de Egresos a través de los ramos
autónomos
- Están obligados a rendir cuentas
por la administración de los
recursos públicos en los términos
de la presente Ley y demás
disposiciones aplicables.
- Las disposiciones presupuestarias y
administrativas fortalecerán la
operación y la toma de decisiones de
los EJECUTORES, procurando que
exista un adecuado equilibrio entre
el control, el costo de la fiscalización,
el costo de la implantación y la
obtención de resultados en los
programas y proyectos
- Contarán con una unidad de
administración, encargada de
planear, programar,
presupuestar, en su caso
establecer medidas para la
administración interna, controlar
y evaluar sus actividades
respecto al gasto público.
- SERVIDORES PÚBLICOS serán sancionados si incurren en
- III. No lleven los registros
presupuestarios y
contables en la forma y
términos que establece
esta Ley, con
información confiable y
veraz;
- I. Causen daño o
perjuicio a la Hacienda
Pública Federal,
incluyendo los
recursos que
administran los
Poderes, o al
patrimonio de
cualquier ente
autónomo o entidad;
- Las Personas físicas o morales
que causen daño o perjuicio en dinero ,
incluyendo beneficios obtenidos indebidamente
por actos u omisiones o por incumplimiento de
obligaciones, serán responsables del pago de la
indemnización correspondiente. Las
responsabilidades se fincarán en primer término
a quienes directamente hayan ejecutado los
actos o incurran en las omisiones que las
originaron y, subsidiariamente, a los que por la
naturaleza de sus funciones, hayan omitido la
revisión o autorizado tales actos por causas que
impliquen dolo, culpa o negligencia por parte de
los mismos. Serán responsables solidarios con los
servidores públicos respectivos, las personas
físicas o morales privadas en los casos en que
hayan participado y originen una responsabilidad
- II. No cumplan con las
disposiciones generales en
materia de programación,
presupuestación, ejercicio,
control y evaluación del
gasto público federal
establecidas en esta Ley y el
Reglamento, así como en el
Decreto de Presupuesto de
Egresos;
- IV. Cuando por razón de la
naturaleza de sus funciones
tengan conocimiento de que
puede resultar dañada la
Hacienda Pública Federal o el
patrimonio de cualquier ente
autónomo o entidad y,
estando dentro de sus
atribuciones, no lo eviten o
no lo informen a su superior
jerárquico;
- V. Distraigan de su
objeto dinero o
valores, para usos
propios o ajenos, si
por razón de sus
funciones los
hubieren recibido en
administración,
depósito o por otra
causa;
- VI. Incumplan con la
obligación de proporcionar
en tiempo y forma la
información requerida por
la Secretaría y la Función
Pública, en el ámbito de
sus respectivas
competencias;
- VII. Incumplan con la
obligación de
proporcionar
información al
Congreso de la Unión
en los términos de esta
Ley y otras
disposiciones
aplicables;
- VIII. Realicen acciones
u omisiones que
impidan el ejercicio
eficiente, eficaz y
oportuno de los
recursos y el logro de
los objetivos y metas
anuales de las
dependencias,
unidades responsables
y programas
- IX. Realicen acciones
u omisiones que
deliberadamente
generen subejercicios
por un
incumplimiento de
los objetivos y metas
anuales en sus
presupuestos, y
- X. Infrinjan las
disposiciones generales
que emitan la
Secretaría, la Función
Pública y la Auditoría,
en el ámbito de sus
respectivas
atribuciones