Zusammenfassung der Ressource
NIA 560 HECHOS
POSTERIORES AL CIERRE
- ALCANCE
- Responsabilidad del auditor con
respecto a los hechos posteriores
al cierre, en una auditoría de
estados financieros
- Hechos posteriores
- Aquellos que proporcionan
evidencia sobre condiciones que
existían en la fecha de los estados
financieros
- Aquellos que proporcionan
evidencia sobre condiciones
que surgieron después de la
fecha de los estados financieros
- OBJETIVOS
- Obtener evidencia de auditoría suficiente y
adecuada sobre si los hechos ocurridos entre la
fecha de los estados financieros y la fecha del
informe de auditoría y que requieran un ajuste
de los estados financieros, o su revelación en
estos se han reflejado adecuadamente en los
estados financieros con el marco de información
financiera aplicable
- Reaccionar adecuadamente ante los hechos
que lleguen a su conocimiento después de la
fecha del informe de auditoría y que, de
haber sido conocidos por el auditor a dicha
fecha, le podrían haber llevado a rectificar el
informe de auditoría
- REQUERIMIENTOS
- Hechos que llegan a conocimiento del
auditor con posterioridad a la fecha de
publicación de los estados financieros
- Discutirá la cuestión con la dirección y,
cuando proceda, con los responsables del
gobierno de la entidad
- Determinará si los estados
financieros financieros necesitan
ser modificados y, de ser así
- Aplicación de procedimientos
de auditoría necesarios a tales
circunstancias de modificación
- Revisará las medidas adoptadas por la dirección
para garantizar que se informe de la situación a
cualquier persona que haya recibido los estados
financieros anteriormente publicados junto con
el informe de auditoría correspondiente
- Ampliará procedimientos de auditoría
- Proporcionará un nuevo informe de auditoría
sobre los estados financieros modificados
- Rectificará el informe de auditoría o
proporcionará un nuevo informe de
auditoría
- Indagará el modo en que la dirección
tiene intención de tratar la cuestión
en los estados financieros
- Hechos que llegan a conocimiento del
auditor con posterioridad a la fecha del
informe de auditoría pero con
anterioridad a la fecha de publicación de
los estados financieros
- Discutirá la cuestión con la dirección y,
cuando proceda, con los responsables del
gobierno de la entidad
- Determinará si los estados
financieros financieros necesitan
ser modificados y, de ser así
- Aplicación de procedimientos de
auditoría necesarios a tales
circunstancias de modificación
- Ampliará procedimientos de auditoría
- Proporcionará un nuevo informe de
auditoría sobre los estados
financieros modificados
- Indagará el modo en que la dirección
tiene intención de tratar la cuestión
en los estados financieros
- Hechos ocurridos entre la fecha de los
estados financieros y la fecha del
informe de auditoría
- Obtención de evidencia suficiente y adecuada de
que se han identificado todos los hechos
ocurridos entre la fecha de los estados
financieros y la fecha del informe de auditoría
que requieran un ajuste de los estados
financieros, o su revelación en estos