Zusammenfassung der Ressource
LEYES
APLICABLES
ALA
SEGURIDAD E
HIGIENE
- Leyes de
caminos, puentes
y
autotransportes.
- Capitulo I. Del
ámbito de
aplicación de la
ley.
- Articulo 1o. Regular la
construcción, operación
y mantenimiento de
los puentes
- Capítulo II.
Jurisdicción y
competencia.
- Capitulo 5, fracción IV.
Inspeccionar caminos
y puentes.
- Capitulo III.
Concesiones y
permisos.
- Articulo 6. Concesión
para construir, operar,
etc.
- Capitulo IV.
Tarifas.
- Articulo 20.
Establecimiento de
tarifas.
- Capitulo único. De la
construcción,
conservación y
explotación de los
caminos y puentes.
- Articulo 30. Concesiones para
construir, mantener caminos
y puentes.
- Titulo tercero:
Autotransporte
federal.
- Capitulo I.
Disposiciones
generales.
- Artículo 35.
Cumplimiento con
la verificación
técnica.
- Artículo 36.
Licencia
federal.
- Artículo 37.
Obligación
capacitada.
- Artículo 39 y 40.
Condiciones de peso,
dimensiones, capacidad y
limites de seguridad.
- Capitulo III. Autoridades
de turismo.
- Capitulo 49. Acenso y
desenso de turistas.
- Capitulo IV.
Autotransporte de
carga.
- Articulo 50. Transporte de
carga de residuos peligrosos
- Titulo cuarto: Servicios
auxiliares al
autotransporte federal.
- Capitulo II. Terminales
interiores de carga.
- Capitulo 54. Instalaciones
auxiliares de servicio de
transportes.
- Capitulo V. Unidades de
verificación y centros de
capacitación.
- Capitulo 57.
Programas de
capacitación y
adistramiento.
- Titulo quinto: Autotransporte internacional
de pasajeros, turismo y carga.
- Articulo 60.
Requisitos de
seguridad y
reglamento
- Titulo sexto: La
responsabilidad,
- Articulo 62. protección a los
usuarios en los caminos y
puentes.
- Articulo 63. Contar con
seguros.
- Articulo 65.
protección al
viajero
- Capitulo 2.
Responsabilidad
en el
autotransporte
de carga.
- Articulo 68. Seguro que
ampare la carga peligrosa.
- Titulo séptimo:
Inspección,
verificación y
vigilancia.
- Articulo 70.
Inspección,
verificación y
vigilancia de
caminos y puentes.
- Articulo 71. visitas
de inspección.
- Titulo octavo:
Las
sanciones
- Articulo II.
Mantenimiento
de la seguridad
de las vías
generales.
- Articulo 74.
Seguro por
conducir
Veiculos y
caminos
federales
- Concesiones y
permisos
estatales.
- Ley
reglamentaria
del servicio
ferroviario.
- Capitulo 1.
Disposiciones
generales.
- Articulo 1. Protección,
seguridad y promoción del
desarrollo del servicio.
- Articulo 6.
Medidas se
seguridad publica.
- Capitulo II. Construcción,
conservación,
mantenimiento y
operación de las vías
férreas.
- Articulo 31. condiciones de
seguridad económicas y
sociales.
- Articulo 33. Precios
colindantes delimitados
por razones de seguridad
- Articulo 27. Seguridad de los
habitantes en vias ferrias que
crucen poblaciones
- Capitulo V.
Servicios
auxiliares.
- Articulo 45. Obligación
para contar con las
instalaciones seguras y
eficientes
- Capitulo VIII.
Responsabilidades
- Articulo 51 Responsabilidad de
los consencionarios de perdidas
y daños.
- Articulo 50. Medidas
de seguridad e
integridad de los
pasajeros.
- Capitulo IV. Servicio
público de transporte
ferroviario.
- Articulo38. contar con
equipo adecuado para el
tipo de servicio que
ofrezcan
- Articulo 39.
Cumplimiento de las
condiciones
- Articulo 40. Licencia
federal y examenes
medicos.
- Articulo41.
capacitación y
adiestramiento
- Ley de
puertos
- Capitulo V.
Administración
portuaria integral.
- Articulo 40.
construir un área
portuaria segura.
- Delimitación de las zonas y
áreas del puerto.
- Operación de los servicios de
vigilancia y de área
- Articulo 46. eficiencia y
seguridad en las
terminales e instalaciones
publicas
- Articulo 49.
Seguridad de los
operadores
- Articulo 51. cumplimiento
de las obligaciones de
mantenimiento de
infraestructura
- Capitulo VI.
Operación
portuaria.
- Articulo 74. Tiempo de los
puertos y cumplimiento
de las obligaciones.
- Capitulo III. La SEMAR
y la secretaria.
- Articulo 16.
formulación de
políticas y
programas.
- Capitulo II. Puertos, terminales,
marinas e instalaciones
puertales.
- Articulo 5. Habilitación de
cualquier tipo de puertos.
- Articulo 6.
Navegación de
altura.
- Articulo 7.
Delimitación de
bienes de dominio
público