Zusammenfassung der Ressource
Ley de Garantías Jurisdiccionales
yControl Constitucional
- ¿Qué es Garantía? La Garantía es el
medio o instrumento que implica certeza,
seguridad o la tenencia o disfrute de algo. acción y
efecto de afianzar lo estipulado; asegurar el
cumplimiento de un acuerdo o compromiso;
seguridad dada para el cumplimiento de lo
acordado o convenido, y la que se establece
contra una eventualidad cualquiera.
- ALEJANDRO SEBASTIAN ARMIJO BONETE
2DO ONLINE "B"
- ¿Qué es la ley de garantías jurisdiccionales y Control
Constitucional? Esta ley tiene por objeto regular la jurisdicción
constitucional, con el fin de garantizar jurisdiccionalmente los
derechos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos
internacionales de derechos humanos y de la naturaleza; y
garantizar la eficacia y la supremacía constitucional.
- Tienen como finalidad la protección eficaz e inmediata de los
derechos reconocidos en la Constitución y en los
instrumentos internacionales de derechos humanos, la
declaración de la violación de uno o varios derechos, así como
la reparación integral de los daños causados
- Tipos de Garantías Jurisdiccionales
- 1. Acción de Protección.
- En la actualidad la acción de
protección tiene por objeto
la tutela o amparo de todos
los derechos
Constitucionales a excepción
de los derechos que estén
amparados por las otras
garantías jurisdiccionales.
La autoridad competente,
para conocer esta acción
será la jueza o juez de
primera instancia del lugar
en el que se origina el acto o
la omisión o donde se
producen sus efectos.
- 2. Hábeas Corpus.
- La acción de hábeas corpus tiene por
objeto recuperar la libertad de quien se
encuentre privado de ella de forma
ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de
autoridad pública o de cualquier
persona, así como proteger la vida y la
integridad física y otros derechos
conexos de la persona privada o
restringida de libertad, por autoridad
pública o por cualquier persona.
- 3. Hábeas Data.
- Esta garantía permite proteger aquellos datos
que cumplan con una función informativa
respecto de las personas o sus bienes en
instituciones tanto públicas como privadas
(documentos, datos genéticos, bancos o
archivos de datos); así como requerir su
actualización, eliminación, rectificación o
anulación de dicha información.
- 4. Acción de Acceso a la
Información Pública.
- Según la disposición del art. 91
de la Constitución “la acción
de acceso a la información
pública tendrá por objeto
garantizar el acceso a ella
cuando ha sido denegada
expresa o tácitamente, o
cuando la que se ha
proporcionado no sea
completa o fidedigna. Podrá
ser interpuesta incluso si la
negativa se sustenta en el
carácter secreto, reservado,
confidencial o cualquiera otra
clasificación de información.
- 5. Acción por
Incumplimiento.
- El art. 92 de la Constitución mismo que establece
que: “La acción por incumplimiento tendrá por objeto
garantizar la aplicación de las normas que integran el
sistema jurídico, así como el cumplimiento de
sentencias, decisiones o informes de organismos
internacionales de protección de derechos humanos,
cuando la norma o decisión cuyo cumplimiento se
persigue contenga una obligación de hacer o no
hacer clara, expresa y exigible. La acción se
interpondrá ante la Corte Constitucional.”
- 6. Acción Extraordinaria
de Protección.
- Esta garantía, nace y existe para garantizar
que la supremacía de la Constitución sea
segura; para garantizar y resguardar el debido
proceso en cuanto a su efectividad y el respeto
a los derechos constitucionales. Es decir una
acción constitucional para proteger los
derechos constitucionales que han sido
violados o afectados por la acción u omisión
en un fallo judicial.
- 7. Los Principios
Procesales de la Justicia
Constitucional.
- Son la columna vertebral
de todo el ordenamiento
jurídico de un país que,
obviamente, será a su
imagen y semejanza,
dentro de su marco, sin que
en ningún caso pueda
haber deslices; por esto el
apotema de la supremacía
constitucional tiene razón
de ser ya que sin él
perecería ese orden jurídico
que tanto hemos
mencionado y que la
sociedad requiere de
manera imprescindible
- El establecimiento de garantías en las
Constituciones democráticas constituye el elemento
fundamental para la protección de las democracias
actuales, y constituyen elementos necesarios para
que el reconocimiento constitucional de los
derechos no sea puramente formal y se posibilite, en
la práctica, su reclamación y protección efectiva
ante los poderes públicos y los ciudadanos.