Zusammenfassung der Ressource
La Comunidad
- Es, en efecto,
toda relación o
todo conjunto
de relaciones
en que
aparezcan
como sujetos
varias personas
conjuntamente.
- Es la
atribución a
varios
sujetos de
uno o varios
derechos. Es
en sentido
civil,
condominio.
- Clasificación.
- Por su
origen.
- Convencional: acuerdo de la
voluntad de dos o más
personas de poner algo en
común.
- Incidental: surge de un
derecho o de una situación
accidental y temporal.
- Legal: su origen se encuentra
en la voluntad de la ley (ej: la
comunidad concubinaria).
- Por la facultad
- Ordinaria.
- División
de la cosa.
- Forzosa.
- En caso de que la
naturaleza de la
cosa se oponga a la
partición.
- Por la
Adquisición.
- Derivativa: tiene su
origen en un acto
ínter-vivos (donación,
venta) o mortis causa
(herencia, legado).
- Originaria: cuando
la comunidad nace
independientemente
de un nexo que la
genere.
- Extinción.
- Consolidación, es la
absorción o
concentración de
todas las cuotas en
uno de los
co-participes que
llega, así, a
transformarse en
titular singular.
- Por la
cesación de
un comunero
en la cuota de
otros u otros.
- Por cesión (gratuita u
onerosa) de la
fracción aritmética,
realizada a favor de
uno de los comuneros
(acrecimiento).
- Por perecimiento de la cosa.
- Por la división de la cosa común.
- Base Legal
- Código Civil
- Estas disposiciones se
encuentran formuladas
a partir del artículo 759
y siguientes.