Zusammenfassung der Ressource
Plan de Emergencia de Aeropuertos
393/2007 AENA
- ANEXO II
**** Plan de
Autoprotección*****
- Se aprueba::
- la Norma Básica de
Autoprotección de
los centros,
establecimientos y
dependencias
dedicados a
actividades
- Obligados de disponer
de un Plan de
Autoprotección,
- Afectados por la normativa local y
autonómica de cada aeropuerto.
- Obligaciones
del personal:
- Participar, según
sus capacidades
- asumir las
funciones
asignadas
- Todos los
trabajadores del
aeropuerto son
susceptibles
- Para su redacción: (normativa
sectorial)
- • Ley 21/2003, de 7 de julio, de
Seguridad Aérea.
- • Reglamento UE 216/2008 +
Reglamento UE 139/2014 + DECISION
2014/013/R de la Agencia Europea de
Seguridad de la Aviación (EASA)
- • Real Decreto 632/2013, de 2 de agosto, de
asistencia a las víctimas de accidentes de la
aviación civil y sus familiares y por el que se
modifica el Real Decreto 389/1998, de 13 de
marzo, por el que se regula la investigación de
los accidentes e incidentes de aviación civil.
- • Resolución de 14 de mayo de 2014, de
la Subsecretaría, por la que se aprueba
el Protocolo de Coordinación para la
asistencia a las víctimas de accidentes
de aviación civil y sus familiares
- • Real Decreto 862/2009 de certificación
de aeródromos, modificado por la
Orden FOM 2086/2011.
- • El Anexo 14 al Convenio Sobre Aviación
Civil Internacional (OACI).
- • El documento 9137. Manual de Servicios de
Aeropuertos de OACI.
- Concepto y objeto
- prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y
dar una respuesta planificada y adecuada a las posibles
situaciones
- Las emergencias pueden ser:
- Aeronáuticas
- En edificios
- Comunes a aeronaves y edificios
- El contenido
mínimo:
- 0. Objeto y normativa
- 1. Identificación de los titulares y
del emplazamiento de la
actividad.
- 2. Descripción detallada de la
actividad y del medio físico en el que
se desarrolla.
- 3. Inventario, análisis y
evaluación de riesgos.
- 4. Inventario y descripción de las
medidas y medios de
autoprotección.
- 5. Programa de mantenimiento
de las instalaciones.
- 6. Plan de actuación
ante emergencias.
- 7. Integración del Plan de
Emergecia en otros de ámbito
superior
- 8. Implantación del Plan
de Emergencia.
- 9. Mantenimiento de la eficacia y
actualización del Plan
- Anexos:
- Anexo I. Directorio de Comunicación (Teléfonos del Personal de
emergencias, teléfonos de ayuda exterior y otras formas de
comunicación).
- Anexo II. Formularios para la gestión de
emergencias.
- Anexo III.
Planos
- otros contenidos adicionales,
- Según normativa
autonómica
- Aspectos más
relevantes
- • Medidas y medios de autoprotección
- Medios humanos y materiales
- Medios humanos
(UNIDADES)
Anmerkungen:
- • Unidad de Técnica:
Técnica (central eléctrica, mantenimiento, ...)
- Unidad de Dirección:
+Director del Plan,
responsable del Puesto
de Mando Principal
(PMP) +Centro de
Operaciones +Comité
Crisis +Responsable
del Puesto de Mando
Avanzado (PMA)
+Torre de Control
Anmerkungen:
- * Unidad de Dirección: +Director del Plan, responsable del Puesto de Mando Principal
(PMP)
+Centro de Operaciones
+Comité Crisis
+Responsable del Puesto de Mando Avanzado
(PMA)
+Torre de Control
- • Unidad de
Intervención:
+Equipos de
Primera
Intervención
+SEI
- • Unidad de
Sanidad: +Servicios
sanitario
Apto.(cuando
proceda)
- • Unidad de
Seguridad:
+Seguridad
Aeroportuaria
+Guardia Civil
+Policía Nacional
- • Unidad de
Apoyo Logístico:
+servicio PMR
+Compañía
Aérea +Ag.
Handling
+Responsables
de atención de
salas de
emergencia
+guiado
- • Unidad de
Evacuación: Equipos
de Alarma Eq.
Evacuación + (PMR)
- • Unidad de Técnica:
Técnica (central
eléctrica,
mantenimiento, ...)
- Medios materiales
- Detección, alarma, extinción, alumbrado de emergencia, red de
abastecimiento de agua, salas de atención a la emergencia.
- Salas de ilesos
- Sala de familiares
- Medidas disponibles para controlar los
riesgos detectados
- Enfrentar las situaciones de
emergencia
- Facilitar la intervención de los
servicios externos
- • Plan de actuación
- Escalones de mando:
- • Implantación del plan
- Simulacros:
- Evacuación: 1 año
- General : 2 años
- Parciales: siempre
- La Ley de PRL,
artículo 20
- Establece Empresario deberá:
- Analizar las posibles situaciones de emergencia.
- Adoptar las medidas necesarias: en materia de primeros
auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.
- Designar al personal necesario que va a estar encargado de
poner en práctica dichas medidas y comprobar
periódicamente su correcto funcionamiento.
- según:
- Tamaño
- Actividad de la empresa
- Posible presencia de
personas ajenas
- Organizar las relaciones que sean necesarias con servicios
externos a la empresa (primeros auxilios, asistencia médica de
urgencia, salvamento y lucha contra incendios).