Zusammenfassung der Ressource
CONCEPTOS
- Obligación Subordinada
- Las obligaciones subordinadas son productos de
renta fija a largo plazo que suelen contar con una
elevada rentabilidad, aunque también con un alto
riesgo y una baja liquidez. Debe quedar claro ante
todo que no son depósitos, ya que sólo están
garantizados por el banco emisor, y que además es
deuda de peor calidad que los bonos o pagarés.
- La deuda subordinada es un producto con una fecha
de emisión y una fecha de cierre determinadas que
cotiza en un mercado secundario.
- En las obligaciones subordinadas el capital no está
garantizado en caso de cancelación anticipada, o lo que es
lo mismo, tiene baja liquidez.
- Son las que a efectos de la prelación de créditos se
sitúan detrás de todos los acreedores comunes. Es
decir, si la sociedad emisora de los valores no
pudiera hacer frente a sus pagos, los acreedores
comunes y los titulares de obligaciones simples
tendrían preferencia en el cobro.
- Obligación Convertible en Acciones
- Son aquellas obligaciones que dan el derecho a
convertirlas en acciones, tanto de la
sociedad emisora como de otra.
- Las condiciones se fijan en el
folleto de emisión.
- Son un instrumento de financiación de la empresa
con gran versatilidad y que puede aportar
diferentes opciones a la financiación de la
empresa a través de un instrumento financiero
compuesto por más de un instrumento financiero.
- Las ventajas para el emisor son:
- 1.- Menor coste financiero. 2.- Es una forma de
ampliar el capital de la empresa, ya que parte de la
deuda (obligaciones) se convierte en capital
(acciones). 3.- Menor rentabilidad a pagar.
- Las ventajas para el suscriptor son:
- 1.- Menor riesgo. 2.- Opción de obtener una mayor
rentabilidad si se tiene perspectivas de una subida de
valor del activo convertido. 3.- Posibilidad de dotar al
activo de liquidez si la acción (activo convertido) cotiza
en el mercado secundario.
- Fideicomiso
- Es un contrato mediante el cual una
persona física o moral, nacional o
extranjera; afecta ciertos bienes o
derechos para un fin lícito y
determinado, en beneficio propio o
de un tercero, encomendando la
realización de dicho fin a una
institución fiduciaria. Los bienes
podrán ser bienes inmuebles,
recursos en efectivo, valores,
derechos de pólizas de seguro,
acciones, entre otros.
- El Fideicomiso es fiscalmente “transparente”, es decir, los
derechos y obligaciones fiscales derivados de las operaciones
que se realicen a través de un fideicomiso, recaen en el
Fideicomitente (que aporta) o los Fideicomisarios (que reciben).
- Un Fideicomiso
principalmente se
compone por las partes:
- Fideicomitente
- Fiduciario
- Fideicomisario
- Persona física o moral, nacional o
extranjera, que recibe el beneficio
del fideicomiso, puede ser el propio
fideicomitente o un tercero.
- Institución fiduciaria que recibe en
propiedad fiduciaria dichos bienes
o patrimonio fideicomitido, con la
misión de cumplir las disposiciones
establecidas por el fideicomitente
(fines).
- Persona física o moral que
aporta al fideicomiso bienes o
derechos de su propiedad,
estableciendo condiciones de
administración y distribución.