Zusammenfassung der Ressource
PARTICIPACION CIUDADANA
- El ejercicio de Los derechos de información
y acceso libre a la documentación pública
- ART 15, 20 Y 23 CONSTITUCION POLITICA
- DERECHO A LA INFORMACION
- es
- el principal derecho de la nueva ciudadanía activa el cual permite
garantizar la participación de los ciudadanos en la actividad
administrativa. El derecho a la información es activo, pasivo y neutro
- sirve
- nos permite conocer, en general, la actividad y las acciones
emprendidas por la administración, el estado actual de la gestión
y los procedimientos atinentes a recibir noticias, aviso,
explicaciones y aclaraciones
- El fortalecimiento de los derechos
ciudadanos: el derecho de petición
y la acción de tutela
- ART 23 Y 86 CONSTITUCION POLITICA
- DERECHO DE PETICION
- es
- el que tiene toda persona a presentar peticiones
respetuosas a las autoridades o ante los particulares
que ejerzan funciones públicas y a obtener la
resolución o respuesta, dentro del término legal. La
petición puede hacerse por motivos de interés
general o por motivos de interés particular
- ACCION DE TUTELA
- es
- posible lograr la protección de derechos de
rango fundamental que involucran la
participación ciudadana en sus múltiples
expresiones. Por ello es posible que a través de
acciones de tutela se proteja el acceso a ejercer
el derecho de votar, los derechos políticos, a
elegir y ser elegido entre otros.
- La toma de decisiones que afectan el
ambiente sano
- ART 79 CONSTITUCION POLITICA
- PRINCIPIO 10
- El Principio 10 de la Declaración de Río de Janeiro sobre medio ambiente y
desarrollo establece que el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es
con la participación de todos los ciudadanos interesados. Para ello todas las
personas deberán tener acceso adecuado a la información sobre el medio
ambiente de que dispongan las autoridades públicas
- MECANISMOS
- AUDIENCIA PUBLICA AMBIENTAL
- Permite a la comunidad, las organizaciones y las autoridades, conocer,
informarse y aportar argumentos o criterios sobre la conveniencia,
pertinencia o viabilidad de una obra o actividad que se desarrolle o
pretenda desarrollarse y que requiera permiso, licencia o concesión
ambiental.
- La justicia transicional: verdad,
justicia y reparación
- ART 22 CONSTITUCION POLITICA
- DERECHO A LA PAZ
- JUSTICIA TRANSICIONAL
- abarca toda la variedad de procesos y mecanismos asociados con los
intentos de una sociedad por resolver los problemas derivados de un
pasado de abusos a gran escala, a fin de que los responsables rindan
cuentas de sus actos, servir a la justicia y lograr la reconciliación
- la solución pacífica de los conflictos y la protección de los
derechos colectivos: conciliación y acciones populares
- ART 1,2 Y 88 CONSTITUCION POLITICA
- en que consiste
- En la ciudad democrática la justicia es un servicio público. Por ello el pueblo de Colombia,
en ejercicio de su poder soberano y con el fin de asegurar a sus integrantes la vida, la
convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de
un marco jurídico, democrático y participativo que garantice el orden político, económico y
social justo, decretó, sancionó y promulgó la Constitución de 1991.
- mecanismos
- ACCIONES POPULARES
- mecanismos de protección de los derechos e intereses colectivos que se
relacionan con el ambiente sano, la moralidad administrativa, el espacio
público, el patrimonio cultural, la seguridad y la salubridad públicas, los
servicios públicos, los derechos de los consumidores y usuarios, la libre
competencia económica, entre otros.
- el ejercicio de Los derechos políticos: La
democracia la hacemos todos
- ART 40 CONSTITUCION POLITICA
- mecanismos
- REVOCATORIA DE MANDATO
- es
- Es un derecho político, por medio del cual los
ciudadanos dan por terminado el mandato que
le han conferido a un gobernador o a un alcalde
(Artículo 6, Ley 134 de 1994).
- EL PLEBISCITO
- es
- pronunciamiento del pueblo convocado por el
Presidente de la República, mediante el cual apoya o
rechaza una determinada decisión del ejecutivo.
(Artículo 7, Ley 134 de 1994).
- INICIATIVA POPULAR
- es
- El derecho que tienen los ciudadanos a
presentar proyec - tos ante el Congreso de la
República, las Asambleas Departa - mentales, los
Consejos Municipales y Distritales y las Juntas
Administradoras Locales (jal)
- CABILDO ABIERTO
- es
- Es la reunión pública de los Concejos distritales,
municipales o de las juntas administradoras locales, en la
cual los habitantes pueden participar directamente con
el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad
(Artículo 9, Ley 134 de 1994).
- REFERENDO
- es
- Es la convocatoria que se hace al pueblo para que
apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o
derogue o no una norma ya vigente. El referendo
puede ser nacional, regional, departamental,
distrital, municipal o local.
- VOTO
- es
- Es el mecanismo mediante el cual los ciudadanos que
votan para elegir gobernadores y alcaldes, imponen
como mandato al elegido el cumplimiento del
programa de gobierno que haya presentado como
parte integral en la inscripción de su candidatura.
- CONSULTA POPULAR
- es
- Es la opinión que una determinada autoridad
solicita a la ciudadanía sobre un aspecto
específico de interés nacional, regional o local,
que la obliga a traducirla en acciones concretas.