Zusammenfassung der Ressource
REVISORÍA FISCAL
- Ejercida por un profesional de la contaduria
- La Declaración Profesional No. 7 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública
- Organo de fiscalizacion
- Dictamina los estados financieros
- Revisa y evalua los componentes y elementos que integran el control interno
- Revisor fiscal
- Delegatario de los socios para ejercer inspección permanente a la administración y validar los
informes que está presente
- Inhabilidades
- asociados de la misma compañia
- ligados por patrimonio o parentesco
- Código de Comercio en su artículo 207
- Objetivos
- Examen del producto del sistema de información financiera de la sociedad
- Evaluación y supervisión permanente del sistema de Control Interno
- Evaluación de la eficiencia y eficacia en el cumplimiento del objeto social
- Evaluación sobre el cumplimiento de la normatividad aplicable al ente
- Examen crítico, sistemático y detallado de los sistemas de información
- Financiero
- de gestion
- legal
- Obligatoriedad
- De acuerdo a la normatividad comercial vigente en Colombia y a la Ley 43 de 1990
- sociedades por acciones
- sucursales de compañías extranjeras
- sociedades en las que, por ley o por los estatutos de la administración no corresponda a todos los
socios
- sociedades comerciales de cualquier índole cuyos activos brutos a diciembre 31 del año anterior a la
reunión ordinaria de sus propietarios sean iguales o excedan el equivalente de cinco mil salarios
mínimos y/o sus ingresos brutos durante ese mismo año sean iguales o superiores a tres mil salarios
mínimos vigentes.
- Responsabilidades
- civil
- penal
- profesional
- social
- pecuniaria
- Funciones
- De acuerdo al Artículo 207 del Código de Comercio
- cerciorarse de que las operaciones se realicen de acuerdo a la ley
- informar a la asamblea de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad
- colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan inspeccion de las compañias
- Velar porque se lleven regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas de las reuniones de
las Asambleas
- Inspeccionar asiduamente los bienes de la sociedad y procurar que se tomen oportunamente las
medidas de conservación o seguridad de los mismos
- Código de Comercio y en el Estatuto anticorrupción
- Convocar la asamblea cuando sea necesario
- enviar a la Superintendencia, dentro de los quince días siguientes al de la reunión, copia autorizada
del acta de la respectiva asamblea.
- carácter obligatorio en sociedades
- Dictamen
- Balance general
- Informes a la Asamblea o Junta de Socios