Zusammenfassung der Ressource
ESCISIÓN DE SOCIEDADES
- DEFINICION
- Se da cuando una sociedad denominada
escindente decide extinguirse y divide la
totalidad de su activo, pasivo y capital en
dos o más parte, que son aportadas a otra
sociedad de nueva creación denominada
escindidas.
- Es la división del patrimonio de una
sociedad en dos o más partes, cada una
de estas partes se traspasa en bloques
a una sociedad de nueva creación o a
otra ya existente.
- Es el acto por el que una sociedad
transmite una o varia sociedades ya
existentes.
- ESCINDENTE
- Es la sociedad que se divide
para transmitir parte o la
totalidad de sus activos y
pasivos.
- ESCINDIDA
- Es la sociedad que va a recibir
la aportación en bloques de la
escindente.
- ESCISIÓN
TOTAL
- Se da cuando la sociedad transfiere la
totalidad de su patrimonio, una parte para
ser absorbida y la otra parte para la creación
de una nueva empresa.
- ESCISIÓN
PARCIAL
- Se da cuando la sociedad escindida se reserva
parte de su patrimonio y transfiere solo una
parte del mismo para la creación de una
empresa nueva o preexistente.
- CAUSAS QUE MOTIVAN LA
ESCISIÓN
- Descentralizar actividades
secundarias
- Promover la eficiencia en las
sociedades
- Canalizar a las actividades de mayor o
menor margen de utilidad hacia otra
empresa de nueva creación
- BIBLIOGRAFÍA
- - Ley General de Sociedades Mercantiles
-http://www.marinruiz.com.mx/FC/FC08022608.pdf
-http://www.ccpm.org.mx/avisos/boletines/boletinindependiente16.pdf
- VENTAJAS
- Crear nuevas empresas sin recurrir a nuevas
aportaciones o a la liquidación de la sociedad
existente
- Poder dividir las actividades productiva y
lograr un máximo de eficiencia en cada
una de ellas.
- Ventajas fiscales en materia de
transmisión de bienes.
- DESVENTAJAS
- Desde el punto de
vista legal existen
vacíos
- El impuesto sobre adquisición de inmuebles
si grava la transmisión de bienes.
- Generación de conflictos laborales por
el traspaso del personal existente en la
sociedad.
- ANTECEDENTES
- En1991 fiscalmente se regula la
figura de escisión.
- En 1992 se incorpora la definición fiscal de escisión de
sociedades en el artículo 15-A del Código Fiscal de la
Federación.
- La figura jurídica de escisión fue introducida y
reglamentada en las reformas a la Ley General de
Sociedades Mercantiles publicadas en el Diario Oficial de la
Federación el día 11 de junio de 1992.