Zusammenfassung der Ressource
CONTRATO DE COMODATO
- DEFINICIÓN
- Es un contrato donde una de las partes, denominada
comodante, entrega a otra, llamada comodatario, una cosa
no fungible para que la use gratuitamente y luego la
devuelva. Es crucial entender que en este tipo de contrato,
la temporalidad y la gratuidad son aspectos fundamentales
- ELEMENTOS
- Personales: Comodante y comodatario
- Reales:Cosas muebles no
fungibles o semovientes
- Plazo y destino:El plazo debe definirse
y la cosa tendrá que se usada solo
para el destino que se haya señalado
- Forma: No es solemne ni exije requisitos
especiales para su celebración y validez
- CARACTERÍSTICAS
- Gratuito
- Contrato real
- Transfiere el uso temporal
- Intuito personae
- Unilateral o bilateral imperfecto
- Principal
- OBLIGACIONES DE
LAS PARTES
- COMODATARIO
- 1.Cuidar la cosa prestada
- 2.Emplearla en el uso señalado por su naturaleza o
por el pacto; siendo responsable de su pérdida o
deterioro proveniente del abuso, aun por caso fortuito
- 3.Hacer los gastos ordinarios que exija
la cosa mientras dure el comodato
- 4.Devolver la cosa en el término estipulado o
después del uso determinado en el contrato, sin más
deterioro que el proveniente del uso ordinario de ella
- COMODANTE
- 1. Avisar si la cosa prestada tiene algún vicio oculto, siendo
responsable, en caso contrario, de los daños o perjuicios que resulten
de los vicios ocultos si, conociéndolos, no dio aviso al comodatario
- 2.No pedir lo que prestó antes del vencimiento del
plazo estipulado; y, en defecto de convención antes de
haber servido en el uso para que fue prestado
- 3.Pagar los gastos extraordinarios e
indispensables que hubiere hecho el comodatario
para la conservación de la cosa prestada.
- REGULACIÓN
LEGAL
- Lo encontramos regulado en el
libro V del Código Civil, desde
el artículo 1,957 al 1,973.
- TERMINACIÓN
- Los encontramos
reguladas en el
artículo 1,963 y 1,964 del CC
- A) El agotamiento, o sea cuando vence el
plazo del contrato. B) Cuando ocurren
situaciones extraordinarias e imprevistas
que hacen urgente para el comodante
recuperar la cosa o si la cosa corre el riesgo
de perecer si continua en poder del
comodatario y el juez lo autoriza