Zusammenfassung der Ressource
Directores y
subdirectores
- Obligaciones de los Subdirectores
- Las comprendidas en los incisos a, c, d, i, j, k, y l, del Artículo 37 de la presente ley
- Articuo 38
- Las comprendidas en los incisos b, e, f, g, h, y m, del Artículo 37 de la presente ley, en ausencia del Director del
establecimiento.
- Derechos de los Directores y Subdirectores
- Ejercer su autoridad para adecuar el modelo pedagógico que responda a los intereses de la comunidad educativa
bajo su responsabilidad, en coordinación con el Personal Docente. 2. Ejercer la autoridad acorde al cargo que
ostenta, para dirigir el centro educativo.
- Obligaciones de los Directores
- Tener pleno conocimiento de los procesos administrativo, técnico-pedagógicos y del
compendio de leyes relacionada con su cargo y centro educativo que dirige.
- Articulo 37
- Planificar, organizar, orientar, coordinar, supervisar y evaluar todas las acciones
administrativas del centro educativo de forma eficiente.
- Asumir conjuntamente con el personal a su cargo la responsabilidad de que el proceso de enseñanza-aprendizaje
se realice en el marco de los principios y fines de la educación.
- Mantener informado al personal de las disposiciones emitidas por las
autoridades ministeriales.
- Realizar reuniones de trabajo periódicas con el personal docente, técnico, administrativo, educandos y padres de
familia de su centro educativo.
- Respetar y hacer respetar la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.
Promover acciones de actualización y capacitación técnico-pedagógica y
administrativa en coordinación con el personal docente.
- Apoyar y contribuir a la realización de las actividades culturales, sociales y deportivas de su establecimiento.
Propiciar las buenas relaciones entre los miembros del centro educativo e interpersonales de la comunidad en
general.