Responsabilidad y
Sanciones en Materia
de Seguridad y Salud
Laboral
RESPONSABILIDAD
Deber que por ley, tiene todo
empleador de garantizar las
condiciones de medio ambiente
adecuadas de trabajo en el desarrollo
de la actividad laboral de sus
empleados.
RESPONSABILIDAD OBJETIVA
Se activa al momento que ocurre un
accidente o se dianostica una enfermedad
ocupacional, el patrono responde por los
daños fisicos ocasionados al empleado en
la jornada de trabajo.
RESPONSABILIDAD SUBJETIVA
Nace cuando se ha incumplido con su deber de
garantizar condiciones de higiene, seguridad y
salud en el trabajo y como consecuencia se ha
producido un accidente
SANCIONES PENALES
La ley impone sanciones pecuniarias y penales al
patrono que incumpla las normas de seguridad
establecidas por los organismos competentes.