Zusammenfassung der Ressource
Rendimiento del trabajo
- NORMATIVA Art 17 a 20 LIRPF
- Def.: contraprestacion, din. o especie distinta de las AE
- Tipos de Rendimientos Trabajo
Anmerkungen:
- Sueldos y salario
Prestaciones por desempleo
aportaciones patrimonio personas discapacitadas, lim 10.000
pensiones compensatorias conjugues y anualidades por alimentos, excepto las exentas
becas no exentas
dietas y asignaciones para viajes
- INGRESO A CUENTA
- RENDIMIENTO INTEGRO
Anmerkungen:
- Se computar en su totalidad
- Reducciones ART 18 LIRPF
- DEL 30% periodos
generación 2 años y se
imputen mismo periodo
impositivo y se consideren
obtenido de forma
irregular en el tiempo
- DEL 30% prestaciones en forma de
capital por haberes sociales obtenidos
de organismos seg social por
jubilación o disparidad así como
prestaciones de los beneficiarios de
las mutualidades generales
obligatorias de funcionarios, siempre
que hayan transcurrido 2 años desde
primera aportaciones, no aplicables
caso invalidez
- RENDMIENTO NETO
Anmerkungen:
- Se obtiene una vez deducidos todos los gastos deducibles al rendimiento integro
- Gastos deducibles
Anmerkungen:
- -cotizaciones seguridad social o mutualidades generales obligatorias de funcionarios
-aportaciones colegios de huérfanos o entidades similares
-cuotas a sindicatos o colegios profesionales
- gastos jurídicos por litigios, max 300 eur
-otros gastos, 2000 *
- -cotizaciones seguridad social o
mutualidades generales
obligatorias de funcionarios
-aportaciones colegios de
huérfanos o entidades similares
-cuotas a sindicatos o colegios
profesionales/ gastos jurídicos por
litigios, max 300 eur /otros gastos,
2000 *
- *Otros gastos deducibles se deducirán 2000 euros LIMITE: rendimiento
integro una vez reducidos los otros gastos deducibles
- 2000 euros adicionales durante
periodo impositivo en que se acepte
puesto trabajo requiera cambio
residencia a otro municipio y se este
inscrito oficina empleo
- personas discapacitadas
- 3500 obtenga rend trabajo forma activa
- 7750 discapacidad igual o superior 65%
- RENDIMIENTO INTEGRO REDUCIDO
- Contribuyentes con RNT inferior a 14450
siempre que no tenga rentas, excluidas las
exentas, distintas de las trabajo superiores a
6500:
- Reducción de 3700 para RNT inferiores o
iguales 11250
- reducción de 3700 menos
(1,15*(RT-11250)) para RNT entre
11250 y 14450
- no puede dar resultado negativo na vez aplicadas las
anteriores reducciones