Zusammenfassung der Ressource
LA ABOGACÍA. DISTINCIÓN ENTRE LA PROCURACIÓN Y EL PATROCINIO
- ABOGADO
- "LLÁMASE ABOGADO, AL QUE DESPUÉS DE HABER OBTENIDO EL GRADO DE LICENCIADO
EN DERECHO, PRESTADO EL JURAMENTO Y JUSTIFICADAS LAS DEMÁS CONDICIONES
PRESCRITAS POR LA LEY Y LOS REGLAMENTOS, SE ENCARGA DE DEFENDER ANTE LOS
TRIBUNALES EL HONOR, LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA FORTUNA DE LOS CIUDADANOS"
- SU MISIÓN CONSISTE EN PATROCINAR A LOS LITIGANTES EN EL JUICIO O ACONSEJADOS SOBRE
LOS PUNTOS DE DERECHO QUE LE SOMETEN
- PROCURACIÓN
- IMPLICA QUE EL ABOGADO NO SÓLO ASESORE, ACONSEJE O ACOMPAÑE A LA
PARTE, SINO QUE ACTÚE POR ELLA, ES DECIR, FUNJA COMO PARTE FORMAL, ES
DECIR, EN RIGOR, REPRESENTA A LA PARTE Y ACTÚA POR ELLA
- PATROCINIO
- EL ABOGADO SE LIMITA A ASESORAR, ACONSEJAR, ORIENTAR, GUIAR A SU CLIENTE
Y ACOMPAÑADO A LAS DILIGENCIAS O ACTOS PROCESALES Y HABLAR POR ÉL. EL
ABOGADO PATRONO NUNCA ACTÚA SOLO, SIEMPRE 10 HACE ANTE LA PRESENCIA
DE LA PARTE EN EL SENTIDO MATERIAL, ACOMPAÑÁNDOLA, ASESORÁNDOLA