Zusammenfassung der Ressource
CONTRATO
PRESTACION DE
SERVICIOS
- CONCEPTO
- Es un contrato de naturaleza civil que no genera
ninguna dependencia o subordinación. No tiene
vinculación laboral y sólo implica el pago por los
servicios y este se acuerda entre las dos partes. Este
tipo de contrato se realiza para una labor específica
- El contrato de prestación de servicios tiene por finalidad
realizar actividades relacionadas con la administración
de la entidad o el cumplimiento de sus funciones; su
carácter es temporal; el contratista goza de autonomía
e independencia para la ejecución de las prestaciones y
puede celebrarse tanto con personas jurídicas como
naturales
- VENTAJAS
- 1. Genera oportunidades laborales
ocasionales que permiten la
empleabilidad rápida y a corto plazo
- 2. El contrato se da por terminado en
cualquier momento o una vez culmine la
obra para la cual fue solicitado el
trabajador, y no representa ninguna
obligación de pago de indemnizaciones a
cargo del empleador.
- 3. Puede utilizar este tipo de contrato
cuando en la empresa se den laborales
ocasionales y tienen una remuneracion.
- DESVENTAJAS
- 3. No se pueden calcular periodos de
prueba y posibles indemnizaciones por
lo que se aumenta el riesgo jurídico
para la empresa
- 1. Hay posibilidad de un buen
crecimiento, estabilidad , debido a
que no determina garantías
laborales
- 2. Los trabajadores no dignifiquen su trabajo,
siempre estan alli y continuan como los
empladores con muy baja remuneracion
- CARACTERISTICAS
- 1. se caracteriza por la autonomía e
independencia del contratista en el
ejercicio de sus labores, temporalidad
de la vinculación, ausencia de
subordinación, ausencia de horario o
jornada de trabajo
- 2. posibilidad de prestar sus servicios
incluso por fuera de las instalaciones
propias del contratante, y facultad para
utilizar sus propios instrumentos
- 5. La vigencia del contrato es temporal y, por
lo tanto, su duración debe ser por tiempo
limitado y el indispensable para ejecutar el
objeto contractual convenido
- 3. entre el contratante y el contratista no existe un
vínculo laboral sino una relación de orden civil o
comercial, no se generan las prestaciones sociales,
vacaciones, ni derechos propios de un contrato de
trabajo
- 6. Este contrato no concreta ningún respaldo de
la empresa, por eso no se cumplen horarios o
subordinaciones, ni pago de obligaciones
laborales
- 4. También se puede terminar por
mutuo acuerdo sin sanciones o
liquidaciones”, generalmente, el pago
por estos servicios se hace mediante
una cuenta de cobro