Zusammenfassung der Ressource
DECRETO 1082 de 2015
- TITULO I
- Contratación Estatal
- CAP I
- Sistema de compras y contratacion pública
- Conceptos Básicos para el sistema de compras y contratación publica (Seccion 1)
- Cumplir el logro de los objetivos,
definidos por COLOMBIA COMPRA
EFICIENTE
- Definiciones
- Terminos no definidos en el presente decreto y utilizados
frecuentemente deben entenderse de a cuerdo con su
significado natural y obvio.
- Participes
- Los supervisores
- Organizadores y ciudadanos
- Los contratistas
- Los oferentes en los procesos de Contratacion
- Colombia compra eficiente
- Los interventores
- Plan anual de adquisiciones
- RUP
- Registro único de proponentes
- Publicidad
- Analisis del sector económico
- Estructura y Documentos del proceso de contratación (Seccion 2)
- Planeación
- Estudios y documentos previos que
sirvan como soporte para elaborar
el proyecto de pliegos
- Seleccion
- Modificacion de los pliegos de
condiciones. Antes del vencimiento del
plazo para presentar ofertas
- Contratación
- Señalar el plazo para la
celebración del contrato.
- Ejecución
- Patrimonio autónomo para el manejo de
anticipos. ( El contratista debe suscribir un
contrato para crear un patrimonio autónomo
- CAP 2
- Dispoosiciones especiales del sistema
de compras y contratacion
- Modalidades de seleccion ( Seccion 1)
- Licitaciòn Publica
- resentación de la oferta de manera
dinámica mediante subasta inversa en
los procesos de licitación pública
- Seleccion abreviada
- Disposiciones comùnes para la selecciòn abreviada
para la adquisicion de bienes y servicios de
caracteristicas tècnicas y uniformes
- Minima CUantia
- Contratacion Directa
- Acto administrativo de justificación de la contratación directa. La
Entidad Estatal debe señalar en un acto administrativo la
justificación para contratar bajo la modalidad de contratación
directa, el cual debe contener
- Concurso de Meritos
- Las Entidades Estatales deben seleccionar sus
contratistas a través del concurso de méritos para
la prestación de servicios de consultoría de que
trata el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de
1993 y para los proyectos de arquitectura.
- Enajenaciòn de bienes del estado (Seccion 2)
- Mecanismo de Enajenaciòn
- Avalúo comercial del bien. La Entidad Estatal
o su intermediario idóneo, debe avaluar el
bien objeto de enajenación.
- Bienes Inmuebles
- Precio mínimo de venta de bienes muebles no sujetos a registro.
La Entidad Estatal debe tener en cuenta el resultado del estudio
de las condiciones de mercado, el estado de los bienes muebles y
el valor registrado en los libros contables de la misma.
- Disposiciones Generales
- Garantias (Seccion 3)
- Ptrimonio Autonomo
- Generalidades
- Garantias Bancarias