Ley General de las Sociedades Mercantiles

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derecho mercantil
Alex Berumen
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Alex Berumen
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Ley General de las Sociedades Mercantiles
  1. Fusión y transformación
    1. Art. 222
      1. Deberán estar de acuerdo todas las partes de la fusión
      2. Art. 223
        1. Se deben inscribir en el Registro Público de Comercio
          1. Art. 224
            1. La fusión tendrá efecto 3 meses despúes de la inscripción
              1. Durante este tiempo los acreedores de las partes pueden oponerse a la fúsion
                1. Transcurrido el tiempo, la nueva figura tomara cargo de los Derechos Obligaciones de las partes
                  1. Art. 225
                    1. Entrara en efecto al momento si las partes saldan o acuerdan el pago de sus deudas
                2. Y publicar su ultimo balance
              2. Art. 227
                1. La Sociedad constituida podaalrá tomar cualquier tipo legal
              3. Escisión
                1. Art. 128Bis
                  1. La escición sucede cuando una sociedad escindente se extingue dividiendo su activo, pasivo y capital en varias sociedades escindidas
                    1. Para escindirse
                      1. Solo podrá acordarse por una asamblea de accionistas o organo equivalente
                        1. Las acciones deberán estar totalmente pagadas
                          1. Para su aprobación
                            1. Descripción de la transferencia de sus activos, pasivos y capital
                              1. Descripción y distribución del activo, pasivo y capital
                                1. Los estados financieros de la sociedad escindente
                                  1. La determinación de las obligaciones que por la escisión correspondan a cada sociedad escendida
                                    1. Proyectos de estatutos de las sociedades escendidas
                                    2. Cumplir el protocolo de escisión ante el Registro Público de Comercio
                                      1. Así mismo el protocolo de extinción si así se requiere
                                      2. Cualquier socio con 20% de capital, o acreedor con interés jurídico puede oponerse a la escisión pudiendo hasta suspenderla
                                        1. Los socios que voten en contra están en derecho de separarse
                                2. Extinción
                                  1. Art. 229
                                    1. Por la expiración del término fijado en el contrato
                                      1. Por quedar consumado el fin de la sociedad, o por la imposibilidad de cumplirlo
                                        1. Por acuerdo de los socios obedeciendo al contrato y a lo dispuesto en la ley
                                          1. Por el número limitado de socios
                                            1. Por la perdida de dos tercios del capital social
                                            2. Art. 230
                                              1. La sociedad se disolverá por la muerte, incapacidad, exclusión o retiro de uno de sus socios
                                                1. En caso de muerte la sociedad solo continuará con consentimiento de sus herederos
                                                  1. De lo contrario, se entregara en un plazo no mayor a dos meses lo correspondiente al heredero
                                              2. Art. 233
                                                1. Los administradores no podrán iniciar operaciones nuevas después del vencimiento del plazo de la duración de la sociedad
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